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Entidad Municipal Descentralizada de Valldoreix·Boletín Bien de Barcelona,

Valldoreix estrena reglamento para la participación ciudadana

El nuevo texto, que reemplaza al de 2012, entra en vigor tras el verano y regula el funcionamiento de los consejos y los procesos participativos en la villa.

Los vecinos de Valldoreix cuentan desde esta semana con una nueva hoja de ruta para su interlocución con la administración local. El nuevo Reglamento de Participación Ciudadana ha quedado aprobado definitivamente, tras un proceso de exposición pública en el que no se presentaron alegaciones, poniendo punto final a una normativa que llevaba vigente desde mayo de 2012.

Datos clave

Requisitos
Ser mayor de 16 años y estar empadronado para ser conseller.
Audiencias públicas
Duración máxima de 50 minutos; registro previo 48 horas antes si no hay asistencia.
Transparencia
Publicación de actas y documentación 15 días antes de las reuniones.
En vigor
15 días hábiles después de la publicación en el boletín provincial.

La norma, estructurada en cinco títulos y treinta y dos artículos, establece las reglas del juego para el Consell de la Vila, el órgano principal de deliberación. Para ser conseller, será necesario estar empadronado en la villa y tener más de 16 años, renovándose sus miembros cada cuatro años, aunque de forma excepcional el primer mandato bajo esta regulación durará tres, hasta 2029, para ajustarse al calendario electoral de la EMD.

El reglamento formaliza también cómo deben ser los procesos participativos y las audiencias públicas. Estas últimas se celebrarán habitualmente antes de los plenos, con un tiempo máximo de cincuenta minutos, permitiendo que cualquier ciudadano pueda intervenir con preguntas o sugerencias, siempre que las registre con al menos 48 horas de antelación si no puede asistir presencialmente.

La transparencia es otro de los ejes del texto, obligando a la EMD a publicar las actas, las convocatorias y toda la documentación previa en su web al menos quince días antes de las reuniones. Además, se habilita una vía telemática para recoger propuestas y facilitar que la participación llegue al mayor número de sectores posibles de la población.

El documento regula asimismo el Registro municipal de Asociaciones, donde deberán inscribirse las entidades interesadas en colaborar activamente con el municipio. Aquellas que deseen disfrutar de los derechos reconocidos, como el uso de equipamientos, deberán tener al día sus estatutos, el presupuesto anual y el programa de actividades.

El nuevo marco normativo deroga tanto el reglamento anterior como la ordenanza de presupuestos participativos de 2018, absorbiendo su contenido en el nuevo Título III. La norma entrará en vigor de pleno derecho quince días hábiles después de su publicación en el boletín provincial.

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