Barakaldo actualiza las normas para cubrir sus puestos en comisión de servicios
El Ayuntamiento de Barakaldo renueva sus bases generales para la provisión temporal de plazas. La normativa establece nuevos criterios de méritos y puntuación para los funcionarios municipales.
El Ayuntamiento de Barakaldo ha actualizado sus reglas del juego para cubrir puestos de trabajo mediante comisiones de servicio. El cambio, aprobado por la Junta de Gobierno Local el 2 de octubre y firmado por la alcaldesa Amaia del Campo, busca poner orden en cómo se ocupan de manera temporal las plazas municipales.
Datos clave
- Duración máxima
- 2 años
- Tasa examen
- 15,00 €
- Recurso
- 1 mes ante la Alcaldía
La normativa sustituye a la anterior, que databa de finales de 2020. Estas nuevas bases son de aplicación inmediata para cualquier proceso que se convoque a partir del día siguiente a su publicación, y detallan desde los requisitos de los aspirantes hasta cómo se puntúan sus méritos.
Si eres funcionario de carrera en el ayuntamiento, ya sabes que puedes optar a estas plazas siempre que estés en servicio activo y cumplas con el perfil exigido. Eso sí, la norma incluye un freno: no podrás participar si ya fuiste nombrado para otra comisión de servicios en los dos años anteriores a la fecha de la convocatoria.
El sistema de puntuación asigna 3 puntos como máximo tanto por antigüedad como por trabajo desarrollado, valorando 0,010 puntos por cada mes completo. La formación académica y los títulos oficiales suman hasta 2 puntos adicionales, ajustándose según el subgrupo de clasificación del puesto.
La comisión de valoración será el órgano encargado de decidir los resultados. Tendrá la potestad de incluir una prueba teórico-práctica para los grupos A1 y A2, aunque esta decisión deberá estar motivada en cada caso concreto. Si hubiera un empate, la prioridad será para las mujeres en los puestos donde su representación sea inferior al 40 por ciento.
Todo está ya sobre la mesa. La transparencia en el proceso se garantiza con la publicación de las actas y la posibilidad de recurrir en alzada ante la Alcaldía durante el mes siguiente a la resolución. El nuevo texto también aclara que estas comisiones no podrán superar los dos años, salvo excepciones por reserva de puesto, y que los puestos sin titular deberán salir a concurso o oferta pública lo antes posible.
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