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Consorcio de Aguas de Bilbao·Boletín Bien de Bizkaia,

Expropiaciones en Gordexola para el depósito de San Juan Berbikez

El Consorcio de Aguas de Bilbao-Bizkaia convoca a los titulares afectados para pactar el justiprecio el próximo 9 de julio. Qué documentos llevar y cómo acudir.

El proyecto de renovación del depósito de San Juan Berbikez en Gordexola entra en su fase de expropiaciones. Si eres titular de alguno de los terrenos o derechos afectados, el Consorcio de Aguas de Bilbao-Bizkaia te ha citado formalmente para intentar alcanzar un acuerdo sobre el justiprecio de tus bienes, un paso previo e indispensable antes de que el proceso siga su curso administrativo.

Datos clave

Fecha de cita
9 de julio de 2026
Lugar
Ayuntamiento de Gordexola
Plazo alegaciones
Hasta el 9 de julio de 2026

La cita tiene lugar el próximo 9 de julio de 2026 en el Ayuntamiento de Gordexola. Los propietarios están repartidos en dos bloques horarios: a las 12:30 están convocados Marta M.ª Cotoner Martos, Lindetea, Sonicor, Sincronia XXI y Zeichen Investment Group por las fincas GORD-001 y GORD-002, mientras que a las 13:00 es el turno de Asier Diez Altuna por la finca GORD-004.

Para acudir al acto, es obligatorio llevar la documentación que acredite la titularidad, como escrituras públicas o privadas, certificados o notas informativas del Registro de la Propiedad, además de una fotocopia del DNI o pasaporte. Si no puedes asistir personalmente, puedes enviar a un representante debidamente autorizado con el poder correspondiente.

El Consorcio también permite que te acompañen peritos o notario, siempre que corras tú con los gastos. Si consideras que hay algún error en la relación de bienes publicada o si se ha omitido a algún titular de derechos reales, puedes presentar alegaciones por escrito ante las oficinas del Consorcio en la calle San Vicente, 8, en Bilbao, antes de la fecha señalada.

Es importante tener claro que este acto busca un mutuo acuerdo sobre el valor de los bienes. En caso de no lograrlo, o si decides no presentarte, se iniciará el procedimiento de expropiación forzosa establecido por ley una vez transcurridos quince días hábiles desde el día siguiente a la cita. El proceso sigue su curso legal independientemente de la incomparecencia.

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