Ayuntamiento de Gorliz·Boletín Bien de Bizkaia,

Gorliz actualiza el impuesto de circulación para coches y motos

El Ayuntamiento de Gorliz ha aprobado definitivamente la ordenanza fiscal que regula el impuesto de vehículos. Conoce las nuevas tarifas, los incentivos para eléctricos y las bonificaciones para familias numerosas.

Los conductores de Gorliz ya tienen el texto definitivo de la ordenanza fiscal que regula el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Tras un periodo de exposición pública sin alegaciones, el Ayuntamiento ha consolidado las reglas que definen quién paga, quién se libra y cuánto cuesta tener el coche en regla en el municipio.

Datos clave

Plazo alta
30 días hábiles desde el cambio
Turismo base
25,39 € (menos de 8 caballos fiscales)
Eléctricos
75% de bonificación indefinida
Familias numerosas
Hasta 60% de bonificación

El texto detalla un esquema de tarifas que va desde los 12,45 euros anuales para ciclomotores y motocicletas de hasta 125 cc, hasta los 301,22 euros para autobuses de más de 50 plazas. Si tienes un turismo habitual de menos de 8 caballos fiscales, la cuota es de 25,39 euros, mientras que aquellos que superan los 20 caballos fiscales tributan por 217,88 euros al año.

El documento aclara también el trato a los vehículos menos contaminantes y las familias numerosas. Los turismos de cinco o más plazas con menos de 16 caballos fiscales, cuya titularidad pertenezca a un miembro de una familia numerosa empadronada en Gorliz, pueden acceder a bonificaciones que oscilan entre el 10 y el 60 por ciento, dependiendo de la categoría familiar y la potencia del vehículo.

Respecto a los eléctricos e híbridos, la normativa apuesta por incentivos claros. Los vehículos eléctricos disfrutan de una bonificación del 75 por ciento con carácter indefinido, mientras que los híbridos o aquellos propulsados por gas natural, bioetanol o gases licuados cuentan con una rebaja del 95 por ciento durante los cuatro ejercicios posteriores a su primera matriculación.

Para quienes cambien su vehículo o realicen modificaciones que alteren su clasificación, el plazo para presentarse en las oficinas municipales es de 30 días hábiles desde el cambio. Es el momento de aportar el permiso de circulación, la ficha técnica y la identificación del titular para regularizar la situación en el padrón del impuesto.

El impuesto se devenga el primer día de cada año natural, aunque admite prorrateo por meses en casos de alta, baja o sustracción del vehículo. Las jefaturas de tráfico exigirán siempre el justificante de pago previo para cualquier trámite, salvo en las bajas definitivas de vehículos que superen los 15 años de antigüedad.

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