Ayuntamiento de Zalla·Boletín Bien de Bizkaia,

Zalla simplifica las ayudas para convertir locales en viviendas

El Ayuntamiento de Zalla modifica los criterios de renta para acceder a las ayudas por convertir locales en vivienda. El nuevo texto busca agilizar el proceso y simplificar la baremación económica.

Zalla se prepara para ajustar las condiciones de sus ayudas a la conversión de locales comerciales en viviendas, una iniciativa que busca dar salida a antiguos negocios en desuso transformándolos en hogares. El Pleno municipal ha dado luz verde inicial a una modificación en las bases reguladoras que, aunque técnica en apariencia, busca simplificar el acceso a estos fondos públicos.

Datos clave

Plazo alegaciones
30 días hábiles
Cobertura máxima
80% de los gastos
Requisito espera
5 años desde ayuda anterior
Dónde alegar
Tablón de anuncios municipal

La principal novedad reside en el criterio de renta exigido para optar a la subvención. Hasta ahora, las bases incluían una referencia directa a los 50.000 euros, un límite que desaparece en el nuevo texto. La norma se simplifica para centrarse exclusivamente en el umbral marcado por el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) en relación con la Renta Familiar Estandarizada.

Cualquier persona física o jurídica que haya obtenido la licencia de primera utilización para su vivienda puede solicitar la ayuda. Eso sí, el Ayuntamiento mantiene el veto para quienes ya se hubieran beneficiado anteriormente, estableciendo un plazo obligatorio de espera de 5 años desde la concesión previa para poder volver a acceder a estas subvenciones.

El límite máximo de ayuda permanece inalterable: los beneficiarios podrán recibir hasta el 80 por ciento de los gastos subvencionables que acrediten. El cambio en la redacción, al eliminar la mención a los 50.000 euros, busca evitar confusiones en el cálculo de los umbrales económicos de las unidades convivenciales.

El expediente se encuentra ya en fase de exposición pública. Los interesados tienen 30 días hábiles para presentar las alegaciones que consideren oportunas antes de que el acuerdo gane firmeza.

La burocracia local aguarda.

Si no se presentan reclamaciones durante este periodo, la modificación se entenderá aprobada definitivamente sin necesidad de pasar de nuevo por el Pleno. Una vez finalizada la exposición y tras la ratificación final, el texto consolidado estará disponible en la web municipal para su consulta permanente.

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