Industria, Transición Energética y Sostenibilidad·Boletín Bien de Bizkaia,

El Gobierno Vasco deniega 19 plantas solares de Solaria en Álava

El Ejecutivo deniega las autorizaciones para 19 plantas solares de Solaria en territorio alavés y ordena el archivo de los expedientes tras caducar los permisos de red.

El ambicioso despliegue de energía solar fotovoltaica que Solaria Eguzki Sorkuntza pretendía levantar en tierras alavesas se ha topado con un muro administrativo infranqueable. El director de Descarbonización, Guillermo Allende Aranguiz, ha dictado la denegación de las autorizaciones previas para un paquete de diecinueve plantas solares, ordenando el archivo definitivo de todos los expedientes vinculados.

Datos clave

Qué ocurre
Denegación y archivo de 19 expedientes
Motivo
Caducidad de permisos de acceso a la red
Recurso
Alzada ante la Viceconsejería, 1 mes

El detonante ha sido la pérdida de los permisos de conexión a la red de transporte, un hito obligatorio que caducó automáticamente sin que la promotora lograra acreditar el cumplimiento de los plazos establecidos por el Real Decreto-Ley 23/2020. Red Eléctrica de España, la entidad gestora, comunicó la caducidad al Departamento de Industria el pasado 26 de mayo de 2026.

La tramitación ha sido un camino largo y lleno de paradas técnicas. La empresa solicitó en varias ocasiones suspender el proceso de información pública alegando dificultades para presentar versiones definitivas de sus proyectos. Este ritmo lento, lejos de ser un obstáculo puesto por el Gobierno Vasco, ha sido interpretado por la administración como una falta de diligencia del propio promotor.

Las plantas afectadas, con potencias que rondan en su mayoría los 49,895 MW, se reparten por distintos municipios de Álava, desde Vitoria-Gasteiz y Zigoitia hasta Valdegovía, Ribera Alta y Armiñón, entre otros. También se archiva el proyecto de la infraestructura común de evacuación que pretendía conectar estas instalaciones con el nudo de Zierbena, en Bizkaia.

Solaria presentó alegaciones en julio de 2026 intentando frenar la decisión. Argumentaron haber recurrido la inactividad administrativa por vía contencioso-administrativa y haber planteado conflictos de acceso ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, solicitando que no se ejecutaran las garantías económicas depositadas. La administración ha desestimado todos estos argumentos al considerar que ninguno suspende los efectos de la caducidad ya consumada.

La resolución no pone fin a la vía administrativa. La promotora dispone de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación, para interponer un recurso de alzada ante la viceconsejera de Transición Energética. Es el final de un ciclo. El proyecto se detiene aquí.

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