Boadilla del Monte lanza sus ayudas para asociaciones locales 2026
Las entidades sin ánimo de lucro del municipio ya pueden optar a subvenciones de hasta 3.000 € por proyecto. El plazo para presentar la solicitud es de 15 días hábiles.
Las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro de Boadilla del Monte tienen desde esta semana una nueva oportunidad para financiar sus proyectos de participación ciudadana. El Ayuntamiento ha abierto la convocatoria correspondiente a 2026, destinada a respaldar las actividades desarrolladas en el municipio entre el 2 de octubre de 2025 y la fecha de presentación de la instancia.
Datos clave
- Importe Máximo
- 3.000,00 € por entidad
- Presupuesto Total
- 50.000,00 €
- Plazo Presentación
- 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación
- Requisito Registro
- Inscripción obligatoria en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales
- Forma Presentación
- Electrónica con certificado de representante (CIF de la asociación)
El fondo total reservado para este año asciende a 50.000,00 €, con un límite de 3.000,00 € por cada entidad beneficiaria. Para poder optar a estas ayudas, el proyecto presentado no debe superar un coste total de 10.000,00 € y debe estar ya ejecutado y pagado en el momento de solicitar la subvención.
La burocracia para pedir el dinero tiene sus reglas estrictas. Solo se admite una solicitud por asociación y es obligatorio estar inscrito en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales. Además, no podrán acceder a estos fondos aquellas entidades que tengan remunerada a su junta directiva o que hayan recibido otras subvenciones municipales o de otros organismos públicos, salvo en el caso de aquellas con fines sociales o sanitarios.
La solicitud debe hacerse exclusivamente de forma electrónica utilizando el certificado digital de la entidad. Las bases, que pueden consultarse en la web municipal, especifican que no se aceptarán solicitudes presentadas con DNI personal; debe usarse obligatoriamente el certificado de representante vinculado al CIF de la propia asociación.
El Ayuntamiento ha publicado también un listado en el Anexo I de la convocatoria donde detalla qué gastos se consideran elegibles y cuáles no. Los técnicos municipales valorarán la documentación presentada para determinar la elegibilidad de cada factura, por lo que es importante que la cuenta justificativa esté bien hilada.
El plazo para enviar la documentación es de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el boletín. Si una asociación presenta más de una solicitud, el sistema inadmitirá automáticamente todas las instancias presentadas por esa entidad.
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