Ayuntamiento de Aranda de Duero·Boletín Bien de la Provincia de Burgos,

Aranda de Duero estrena ordenanza para bicicletas y patinetes

Aranda de Duero fija la edad mínima en 15 años para usar patinetes eléctricos y hace obligatorio el casco en toda la circulación urbana tras la aprobación definitiva de su nueva normativa.

Aranda de Duero estrena nuevas reglas para moverse por sus calles sobre dos ruedas. El Ayuntamiento ha aprobado de forma definitiva la ordenanza que regula el uso de bicicletas y vehículos de movilidad personal, como los patinetes eléctricos, tras un periodo de información pública sin reclamaciones ni sugerencias.

Datos clave

Edad mínima
15 años para conducir patinetes
Casco
Obligatorio para conductores de patinetes
Sanciones
100 €, 200 € o 500 € según gravedad
Velocidad máxima
25 km/h para patinetes

La norma llega para poner orden ante la proliferación de estos dispositivos y asegurar que el peatón, considerado el eslabón más vulnerable, gane seguridad en plazas y zonas peatonales. El documento, publicado en el boletín provincial de este 19 de octubre, es de aplicación inmediata desde el día siguiente a su publicación.

Una de las novedades más destacadas es la edad mínima para conducir un patinete eléctrico, que el Ayuntamiento fija en 15 años. Esta limitación responde a criterios de seguridad vial y madurez psicofísica, al considerar la especial peligrosidad que conlleva circular en entorno urbano con estos vehículos.

El uso del casco pasa a ser obligatorio para los conductores de patinetes, independientemente de su edad, durante toda la circulación por vías y espacios públicos urbanos. Además, estos vehículos deberán contar obligatoriamente con luces y timbre, y sus usuarios tendrán que utilizar prendas reflectantes en condiciones de baja visibilidad o entre el ocaso y la salida del sol.

Para los ciclistas, la ordenanza aclara dónde y cómo deben circular. Se prohíbe el tránsito por las aceras, salvo contadas excepciones para menores de 12 años acompañados por adultos a pie o usuarios de ciclos inclusivos. En las zonas peatonales donde sí esté permitido circular, deberán mantener una distancia mínima de 1,5 metros respecto a los viandantes y desmontar del ciclo si hay alta densidad de personas.

El régimen sancionador se endurece para quien no cumpla. Las infracciones leves se castigan con apercibimiento o multa de 100 euros, las graves con 200 euros y las muy graves alcanzan los 500 euros. Entre las conductas graves figura conducir sin la edad mínima de 15 años o manipular el patinete para aumentar su velocidad de diseño por encima de los 25 km/h.

La Policía Local podrá inmovilizar un vehículo de movilidad personal si viajan dos personas en él, si el conductor se niega a someterse a pruebas de alcohol y drogas, o si circula por zonas reservadas exclusivamente al peatón. Todos los detalles técnicos sobre carriles bici, señalización y definiciones exactas de cada vehículo ya pueden consultarse en el texto íntegro de la nueva normativa municipal.

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