Tres nuevos cirujanos fijos en el Servicio Canario de la Salud
Tres facultativos especialistas obtienen su plaza fija en hospitales de Tenerife tras el proceso selectivo de estabilización del Servicio Canario de la Salud.
María Aranzazu Menéndez Cardo, María Ángeles Salas Hellín y Adrián Rodríguez Alonso son ya, de forma oficial, personal estatutario fijo en sus puestos de Cirugía Plástica, Estética y Reparadora. El Servicio Canario de la Salud ha resuelto su proceso de estabilización para estos tres facultativos especialistas de área, que consolidan así su vínculo con la sanidad pública tras el largo camino del concurso-oposición.
Datos clave
- Plazo
- 15 días naturales desde la publicación
- Qué hacer
- Formalizar toma de posesión ante gerencia
- Plazas
- 3 plazas de Cirugía Plástica
- Recurso
- 1 mes
La resolución, firmada por el director Adasat Goya González, marca el punto de llegada para estos profesionales. Sus nuevos destinos están ya asignados: María Aranzazu Menéndez Cardo se incorpora al Hospital Universitario de Canarias, mientras que María Ángeles Salas Hellín y Adrián Rodríguez Alonso se integran en la plantilla del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria.
Los tres facultativos tienen ahora un plazo improrrogable de 15 días naturales para formalizar su toma de posesión. Este periodo comienza a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el boletín oficial, y el trámite se realizará directamente ante las gerencias de sus respectivos centros hospitalarios.
El nombramiento incluye una cláusula de permanencia: durante los dos años siguientes a su toma de posesión, estos nuevos estatutarios fijos no podrán obtener comisiones de servicios fuera del ámbito del Servicio Canario de la Salud. Solo se exceptúan de esta restricción los casos debidamente acreditados de violencia de género o terrorismo.
Los interesados deberán identificarse con su documento de identidad en el momento de tomar posesión. Si ya prestan servicios en el centro al que se incorporan, no tendrán que aportar la documentación que ya figure en su expediente personal, facilitando así la burocracia final.
La ausencia de toma de posesión en el plazo fijado, sin causa justificada y estimada por Recursos Humanos, supondrá la renuncia a la plaza. En tal caso, su puesto se declararía vacante para una segunda adjudicación siguiendo el orden de prelación establecido en el proceso selectivo.
Contra esta resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias o, potestativamente, recurso de reposición ante el Director del Servicio Canario de la Salud en el plazo de un mes.
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