Obras Públicas, Vivienda y Movilidad·Boletín Bien de Canarias,

Juana Betancor, Francisco Javier Camacho y Daniel Concepción, beneficiarios

El Instituto Canario de la Vivienda resuelve las ayudas de emergencia para el alquiler de los afectados por el volcán de La Palma, repartiendo 4.695,20 euros.

Tres familias palmeras han recibido luz verde para el abono de sus ayudas al alquiler, un respiro necesario tras los daños causados por la erupción volcánica. La resolución del Instituto Canario de la Vivienda, dictada el pasado 25 de junio, formaliza este reparto de fondos públicos destinados a costear la vivienda habitual en los municipios más castigados por la catástrofe.

Datos clave

Importe total
4.695,20 €
Plazo renuncia
5 días hábiles
Recurso reposición
1 mes
Conservar documentos
4 años

El dinero ya estaba guardado.

El desglose de las ayudas, que varían según el periodo justificado por cada unidad familiar, queda de la siguiente manera: Juana Betancor Montañez recibe 800 euros correspondientes al cuatrimestre entre enero y abril de 2026. Por su parte, Francisco Javier Camacho Luis obtiene 2.100 euros por el periodo comprendido entre julio y octubre de 2025. Finalmente, Daniel Concepción Vaquer es beneficiario de 1.795,20 euros, destinados a cubrir los gastos de alquiler de julio a octubre de 2024.

Estas cuantías se abonan previa justificación, un requisito ineludible que los beneficiarios han cumplimentado ante el organismo instructor. El expediente subraya que estos pagos son compatibles con otras ayudas, siempre que el total recibido no supere el importe del alquiler pagado por la vivienda.

Si no estás de acuerdo con la resolución, dispones de un mes para presentar un recurso de reposición ante la Presidencia del Instituto Canario de la Vivienda, o de dos meses para acudir a la vía contencioso-administrativa ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias. Recuerda que, salvo que presentes una renuncia expresa en los próximos cinco días hábiles, se entiende que la ayuda queda aceptada.

Es obligatorio conservar toda la documentación que justifica estos fondos durante al menos cuatro años. Cualquier gasto público indebido, si lo hubiera, estaría sujeto a reintegro con intereses legales, conforme a la normativa autonómica.

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