Transición Ecológica y Energía·Boletín Bien de Canarias,

Luz verde a la reforma de las turbinas de la Central de Jinámar

La Dirección General de Energía autoriza la reforma de las turbinas de gas de la central de Jinámar. El proyecto, que busca alargar su vida útil otros diez años, ha superado las alegaciones de Disa Generación.

Las turbinas de gas de la Central Térmica de Jinámar tienen luz verde para renovarse. La Dirección General de Energía ha resuelto autorizar los trabajos de extensión de vida útil en los grupos G2J y G3J, una obra centrada en la sustitución de las reductoras y motores de arranque que permitirá alargar su funcionamiento operativo durante una década.

Datos clave

Plazo puesta servicio
12 meses tras la notificación
Proyecto
Extensión de vida útil de G2J y G3J
Ubicación
Las Palmas de Gran Canaria
Estado
Autorización administrativa concedida

El proyecto, impulsado por Unión Eléctrica de Canarias Generación, S.A.U., no supone incrementar ni la potencia eléctrica ni la térmica de la instalación. Las actuaciones se limitan a equipos internos, manteniendo el combustible y el régimen de funcionamiento que ya registraban estos grupos en el sistema eléctrico de Gran Canaria.

El proceso administrativo ha incluido una fase de información pública donde Disa Generación, S.L.U. presentó alegaciones solicitando la suspensión del expediente. La empresa alegó la existencia de un recurso de alzada interpuesto contra el procedimiento estatal de concurrencia competitiva, buscando que no se autorizara el proyecto hasta resolver cuestiones sobre competencia y posición dominante en el mercado.

La Dirección General de Energía ha desestimado las pretensiones de suspensión. La resolución reconoce a Disa como parte interesada por su papel en el sector, pero aclara que el procedimiento autonómico es independiente de la vía estatal y que no existe título jurídico que imponga la paralización de las obras.

Las administraciones locales, Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y Cabildo Insular, fueron consultadas durante la tramitación. La autorización territorial especial se entiende ya otorgada, integrándose en esta autorización sustantiva sin necesidad de licencias urbanísticas adicionales.

El promotor tiene ahora un plazo máximo de 12 meses para solicitar la puesta en servicio de las instalaciones tras la ejecución. Antes de comenzar cualquier obra, deberá constituir las garantías necesarias para cubrir posibles daños a terceros.

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