AndalucíaAragónAsturiasBizkaiaCanariasCantabriaCastilla y LeónCastilla-La ManchaCataluñaCeutaComunidad de MadridComunitat ValencianaExtremaduraGaliciaGipuzkoaIlles BalearsLa RiojaMelillaNavarraPaís VascoProvincia de A CoruñaProvincia de AlbaceteProvincia de AlicanteProvincia de BadajozProvincia de BarcelonaProvincia de BurgosProvincia de Ciudad RealProvincia de CuencaProvincia de CáceresProvincia de CádizProvincia de CórdobaProvincia de GironaProvincia de GranadaProvincia de GuadalajaraProvincia de HuelvaProvincia de HuescaProvincia de JaénProvincia de LeónProvincia de LleidaProvincia de LugoProvincia de MálagaProvincia de OurenseProvincia de PontevedraProvincia de SalamancaProvincia de SegoviaProvincia de SevillaProvincia de SoriaProvincia de TarragonaProvincia de TeruelProvincia de ValenciaProvincia de ValladolidProvincia de ZamoraProvincia de ZaragozaProvincia de ÁvilaRegión de MurciaÁlava
Ayuntamiento de Santander·Boletín Bien de Cantabria,

Santander estrena ordenanza fiscal: qué cambia en pagos y trámites

Santander ya tiene su nueva norma fiscal para gestionar tributos y tasas. Te contamos qué cambia en los pagos electrónicos, el límite para reclamar pequeñas deudas y las condiciones para fraccionar tus impuestos.

Santander estrena nueva biblia fiscal y, si pagas impuestos o tasas en la ciudad, te interesa saber cómo han cambiado las reglas del juego. El Ayuntamiento ha aprobado definitivamente su Ordenanza Fiscal General, un texto que ya es ley y que centraliza cómo se gestionan, inspeccionan y cobran los tributos. La norma busca aligerar el papeleo y, sobre todo, empujar hacia lo digital a quienes tengan capacidad técnica para ello.

Datos clave

Entrada en vigor
31 de octubre de 2026
Límite recaudación
No se liquidan deudas de hasta 6 €
Plan Pago
Solicitud hasta el 1 de diciembre
Garantías
Exigibles desde 30.000 €

La principal novedad es el impulso decidido a la sede electrónica y a la Oficina Virtual Tributaria. El Ayuntamiento ya permite pagar mediante Bizum o tarjeta bancaria, y esta normativa blinda el uso de notificaciones electrónicas. Si eres persona jurídica o profesional colegiado, la vía electrónica es ahora tu única opción para relacionarte con el fisco municipal.

Hay un detalle importante para quienes se retrasan con los recibos pequeños. El Ayuntamiento ha fijado un límite de 6 euros: si la deuda o los intereses que te reclaman no llegan a esa cantidad, el Consistorio no practicará liquidaciones separadas para evitar que el coste de gestionar el cobro sea mayor que el propio ingreso. Esto no aplica a los tributos periódicos, como el IBI, que se gestionan de forma colectiva.

Para quienes prefieran no preocuparse, el Plan Personalizado de Pago sigue vigente, aunque con condiciones. Necesitas no tener deudas en ejecutiva y que el importe anual sea superior a 150 euros. Si te interesa, recuerda que el plazo para solicitar la adhesión termina el 1 de diciembre de cada año, para que sea efectivo en el siguiente ejercicio.

La ordenanza también regula los aplazamientos y fraccionamientos. El tope máximo se sitúa en los 36 meses y, como regla general, los pagos serán mensuales. Si tu deuda supera los 30.000 euros, prepárate para aportar una garantía, aunque el Ayuntamiento mantiene cierta flexibilidad si demuestras que tu viabilidad económica está en juego.

Finalmente, el documento deroga todas las normativas de recaudación anteriores, incluyendo las vigentes desde 2003, 2015 y 2021. La nueva norma entra en vigor este mismo sábado, 31 de octubre. Es el momento de revisar si tus datos domiciliados están al día en la oficina virtual.

Tu correo diario, gratis
Cada mañana, lo que se publica en Cantabria y te afecta. Lo lees en dos minutos.

Doble confirmación. Cancela cuando quieras.

El Boletín Bien de Cantabria, en Telegram
Los titulares del día, cada mañana en tu móvil.
Unirme al canal

Boletín Bien de Cantabria

Lecturas ilimitadas

Con la suscripción los lees todos: subvenciones, oposiciones y contratos de Cantabria. Los primeros 7 días son gratis.

  • Todas las secciones
  • Cada edición entera
  • Todo el archivo

Te pediremos una tarjeta, pero hoy no pagas nada: el primer cobro llega el 6 de noviembre, salvo que canceles antes.

Sin registro previo: pagas y vuelves a donde estabas.

Pago seguro con StripeVISAPayGPay

Sin permanencia: cancelas tú mismo desde tu cuenta, sin llamadas ni correos.