Cantabria firma un convenio con el sindicato STEC para la formación
Educación y el sindicato STEC sellan un acuerdo para que las actividades formativas del profesorado tengan reconocimiento oficial del Gobierno de Cantabria.
El profesorado de Cantabria cuenta desde esta semana con un nuevo marco para su formación continua. El Gobierno de Cantabria ha formalizado un convenio de colaboración con el Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de Enseñanza de Cantabria, más conocido como STEC, para impulsar actividades de desarrollo profesional que sean reconocidas oficialmente por la Administración educativa.
Datos clave
- Vigencia
- 5 años (prorrogables por otros 5)
- Partes
- Gobierno de Cantabria y STEC
- Compromiso
- Reconocimiento oficial de cursos docentes
- Comisión
- 4 miembros, reuniones semestrales
Todo es papel y firma.
El acuerdo, suscrito por el consejero de Educación, Sergio Silva, y la presidenta del sindicato, Miluca Berberana, tiene una vigencia inicial de cinco años. La Consejería se compromete a revisar y aprobar el plan anual de formación que el sindicato presente cada curso, mientras que la organización sindical aportará tanto el personal necesario como el equipamiento para impartir los cursos.
Este pacto no implica gasto directo para las arcas públicas. La Administración educativa asume la responsabilidad de reconocer y registrar las actividades formativas que cumplan con las líneas marcadas por el Plan Regional de Formación. Por su parte, el STEC deberá garantizar que sus propuestas encajen en las prioridades pedagógicas y científicas vigentes.
Una comisión de seguimiento compuesta por cuatro miembros (dos por cada parte) velará por el cumplimiento de estas condiciones. Este órgano se reunirá al menos dos veces al año, una para planificar las actividades y otra para evaluar la memoria final de los cursos realizados.
Cualquier elemento promocional de estas acciones deberá incluir el logotipo oficial de la Consejería. El convenio nace con vocación de continuidad y puede prorrogarse por un periodo adicional de otros cinco años si ambas partes lo acuerdan formalmente antes de que expire el plazo actual.
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