Boecillo modifica sus normas urbanísticas para proteger el casco histórico
El Ayuntamiento de Boecillo corrige su ordenanza de casco histórico eliminando la obligación de construir una altura mínima en las nuevas edificaciones.
Los vecinos y propietarios del casco histórico de Boecillo han visto cómo su normativa urbanística se ajusta para recuperar la lógica constructiva de las casas molineras. El pleno del Ayuntamiento ha aprobado definitivamente el estudio de detalle que modifica el artículo 61.4 de la ordenanza municipal.
Datos clave
- Qué cambia
- Se elimina la obligación de un número mínimo de plantas
- Estado de licencias
- Suspensión levantada
- Recurso
- Contencioso-administrativo en 2 meses
El cambio es sencillo pero significativo. Hasta ahora, el Plan General de Ordenación Urbana imponía una tercera columna obligatoria en el cuadro de alturas: el número de plantas mínimas. Esto obligaba a construir, por norma, un bajo más una planta en todo el casco, lo que chocaba de frente con la tipología de las construcciones tradicionales de una sola planta.
La nueva redacción elimina esa imposición. Ahora, el artículo establece únicamente los parámetros máximos de altura, permitiendo que las edificaciones se adapten a la realidad del entorno sin verse forzadas a crecer artificialmente. La medida busca proteger el paisaje urbano tradicional del municipio vallisoletano.
La suspensión de licencias urbanísticas que afectaba a este ámbito se levanta con este acuerdo. Aquellos solicitantes que vieron sus proyectos en pausa por esta normativa ya pueden retomar sus trámites, una vez que el texto ha entrado en vigor tras su publicación oficial.
La corrección aporta seguridad jurídica tanto a los propietarios como a los técnicos municipales. Se elimina así una barrera que no tenía sentido práctico en la preservación del patrimonio edificado.
Si necesitas revisar los detalles técnicos o los planos de esta modificación, el documento está disponible en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Boecillo y en su propia página web. Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en un plazo de dos meses desde hoy.
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