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Ayuntamiento de Fuentesaúco·Boletín Bien de Castilla y León,

Fuentesaúco abre el casco urbano al deporte con un cambio normativo

El Ayuntamiento de Fuentesaúco ha modificado sus normas urbanísticas para permitir instalaciones deportivas en el centro del municipio. La medida corrige una exclusión histórica y abre la puerta a nuevos proyectos.

Fuentesaúco ha dado un paso firme para que el deporte tenga por fin su espacio legal en el corazón del pueblo. El pleno municipal ha aprobado definitivamente el estudio de detalle que corrige una omisión histórica en sus normas urbanísticas: a partir de ahora, el uso público deportivo, conocido técnicamente como categoría C9, ya está permitido tanto en el Casco Antiguo como en la zona de extensión.

Datos clave

Qué se aprueba
Inclusión del uso deportivo C9 en el Casco Antiguo y extensión
Recurso
Contencioso-administrativo (2 meses)
Aprobación
14 de octubre de 2026

La medida nace de una iniciativa particular promovida por Rufino Aparicio, que buscaba resolver una incoherencia evidente. Hasta ahora, el planeamiento local permitía actividades dotacionales hasta la categoría C8, pero dejaba fuera, sin causa justificada, cualquier instalación de carácter deportivo. Una anomalía que, en la práctica, dejaba en un limbo jurídico a posibles proyectos en pleno centro urbano.

El cambio es directo y sencillo. Se modifican los apartados 2.10.5 y 2.11.5 de las normas de las zonas 1 y 2, respectivamente. El texto pasa a incluir explícitamente la categoría C9 entre los usos públicos admitidos. No se altera ni la edificabilidad, ni el aprovechamiento, ni las condiciones de volumen de las parcelas afectadas; simplemente se abre la puerta a que el deporte sea un uso compatible y regulado.

El informe municipal subraya que esta flexibilización es un acierto para el desarrollo económico local. Se espera que facilite la creación de nuevas actividades y atraiga a usuarios, algo vital en un momento donde el deporte es una pieza clave de la vida social y de la oferta de ocio para la juventud. Lo que antes era un hueco normativo ahora es una oportunidad.

El acuerdo, adoptado por unanimidad el pasado 14 de octubre, ya es definitivo. Contra esta disposición, que tiene carácter general, no cabe recurso administrativo, aunque los interesados pueden acudir directamente a la vía contencioso-administrativa ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en un plazo de dos meses.

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