Servicios mínimos en centros educativos de Castilla y León el 4 de nov
La Consejería de Educación fija los servicios mínimos para la jornada de huelga convocada el 4 de noviembre en los centros públicos de la comunidad.
El próximo 4 de noviembre de 2026, la jornada lectiva en los centros docentes públicos de Castilla y León contará con servicios mínimos garantizados. La Consejería de Educación ha publicado la orden que asegura la atención básica en las aulas ante la huelga convocada por las federaciones de enseñanza de UGT y Comisiones Obreras.
Datos clave
- Fecha de huelga
- 4 de noviembre de 2026
- Servicios mínimos
- Dirección y jefatura de estudios en centros
- Personal adicional
- Refuerzos en centros de educación especial
La normativa establece una presencia obligatoria de los equipos directivos en todos los centros de la comunidad. El director y el jefe de estudios, o en su defecto el secretario, deberán permanecer en sus puestos para coordinar el buen funcionamiento del día escolar. La asistencia del resto del personal será voluntaria.
Esta medida busca compatibilizar el derecho a la huelga con el derecho fundamental a la educación. Los centros de educación especial, residencias y escuelas hogar requieren refuerzos específicos debido a su naturaleza asistencial. En Ávila, por ejemplo, el centro Príncipe Don Juan contará con cuatro docentes de apoyo.
Burgos concentra un despliegue importante con personal de apoyo en centros como Fray Pedro Ponce de León, que contará con diez profesores repartidos en varios turnos. En León, los CRIE de la capital y Páramo del Sil mantendrán docentes en todos los tramos horarios, incluyendo la noche.
La lista de servicios esenciales es extensa. Se detallan necesidades específicas en Palencia, Salamanca, Segovia, Soria y Zamora, con coberturas que van desde jefaturas de residencia hasta profesores de apoyo en turnos de tarde o noche. Cada centro conoce ya su cupo.
Los paros no deben alterar la prestación de estos servicios mínimos. Cualquier interrupción será considerada ilegal y conllevará las responsabilidades pertinentes. La designación concreta del personal recae en la Dirección General de Profesionales de la Educación.
El derecho a la huelga no es absoluto.
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