Presidencia·Boletín Bien de Castilla y León,

María Jesús Prieto Santos, nueva auxiliar de laboratorio en Segovia

Una sentencia judicial del Juzgado de lo Social número 2 de Segovia resuelve el concurso de traslados para María Jesús Prieto Santos. La plaza ya es definitiva.

María Jesús Prieto Santos ya tiene destino definitivo tras un proceso que ha pasado por los juzgados de Segovia. La resolución del concurso de traslados al servicio de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León formaliza ahora el puesto de la trabajadora como auxiliar de laboratorio en la capital segoviana.

Datos clave

Adjudicataria
María Jesús Prieto Santos
Puesto
Auxiliar de Laboratorio (Segovia)
Plazo cese
3 días hábiles
Plazo recurso
2 meses

Todo nace de la sentencia número 219/2024, dictada el 12 de diciembre de 2024 por el Juzgado de lo Social número 2 de Segovia. El fallo obligó a retomar el procedimiento ordinario 488/2024, que se encontraba bloqueado en la convocatoria del concurso de traslados de agosto de 2024.

La adjudicación se ubica concretamente en el Laboratorio de Salud Pública, dentro del Servicio Territorial de Sanidad de Segovia. María Jesús Prieto Santos asume el puesto de auxiliar de laboratorio, categoría 4, con una jornada ordinaria y el complemento específico E09.

El camino administrativo ha sido lineal tras la orden judicial. La comisión de traslados se constituyó el pasado 3 de junio de 2026, y la resolución provisional se publicó en el boletín del 11 de junio. Al no presentarse alegaciones, el proceso ha llegado a su resolución definitiva sin más dilación.

El cese en el puesto anterior debe producirse en un plazo de tres días hábiles, contados desde la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de Castilla y León. El tiempo corre desde el 1 de julio de 2026.

La normativa es clara respecto a la toma de posesión: tres días hábiles si no hay cambio de localidad, o quince si el traslado implica moverse de municipio o un reingreso al servicio activo. La administración facilitará la formación necesaria para este nuevo puesto, salvo que la trabajadora ya cuente con el periodo de prueba superado o la titulación específica exigida.

La adjudicación es irrenunciable, y el proceso no genera derecho a indemnización alguna por ser de carácter voluntario. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer demanda ante los Juzgados de lo Social en un plazo de dos meses.

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