Presidencia·Boletín Bien de Castilla y León,

Seis nuevos Ayudantes Técnicos Educativos en Castilla y León

La Junta adjudica seis plazas de Ayudante Técnico Educativo tras el proceso de estabilización. Dos aspirantes decaen en su derecho por falta de documentación.

La estabilización de empleo temporal en la Administración de Castilla y León sigue su curso, aunque no sin contratiempos. La Viceconsejería de Administraciones Públicas ha formalizado el destino de seis nuevos Ayudantes Técnicos Educativos, cerrando así una fase del concurso convocado en diciembre de 2022.

Datos clave

Plazo formalización
10 días hábiles
Incorporación
20 días hábiles
Período prueba
1 mes de trabajo efectivo
Plazas adjudicadas
6 puestos

No todos los aspirantes han llegado a la meta. María del Carmen Villanueva González y Óscar Félix Lozano Tamayo han quedado excluidos del proceso al no presentar la documentación necesaria en el plazo conferido, perdiendo su derecho a la formalización del contrato.

Los seis profesionales que sí han acreditado los requisitos ya tienen su plaza asignada en centros educativos de la Comunidad. María Yolanda Hernández Hernández se incorpora en Zamora, mientras que en León el servicio contará con María Cristina Barredo Rielo en La Robla, Julia González García en La Bañeza y Rocío Belén Alija Martínez en Cistierna. A ellas se suman Yolanda Valverde Cano en Pradena, Segovia, y Marta Benito Sardiña en Santibáñez de Béjar, Salamanca.

Los nuevos trabajadores disponen de 10 días hábiles para formalizar su contrato ante la Secretaría General de la Consejería o el organismo autónomo correspondiente. La incorporación efectiva al puesto de trabajo se producirá en un plazo máximo de 20 días hábiles tras la publicación de esta resolución, salvo que el puesto esté ocupado por otro trabajador con contrato de duración determinada, en cuyo caso se esperará a la finalización de ese contrato.

Todos los contratos incluyen un período de prueba de un mes de trabajo efectivo. Durante este tiempo, la admisión es provisional y el trabajador tendrá los mismos derechos y obligaciones que un empleado de plantilla. La relación laboral puede rescindirse a instancia de cualquiera de las partes, y la Administración está obligada a comunicar cualquier rescisión al Comité de Empresa correspondiente.

El cómputo de este mes de prueba se detendrá por causas justificadas: incapacidad temporal, maternidad, adopción o acogimiento, así como durante permisos o vacaciones. Superado este mes, el trabajador adquirirá la condición de fijo a todos los efectos.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, los interesados pueden interponer demanda ante la Sección de lo Social del Tribunal de Instancia de Valladolid en un plazo máximo de dos meses. El proceso para estos puestos, que implica funciones itinerantes en un radio de 40 kilómetros, queda así resuelto.

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