Agricultura, Ganadería, Medio Rural y Política Ambiental·Boletín Bien de Castilla y León,

Rufer Inversiones obtiene autorización para 5.142 plazas porcinas

La Junta de Castilla y León autoriza la ampliación de la explotación de Rufer Inversiones en Nava de Sotrobal, que contará con 5.142 plazas de cebo ibérico.

Rufer Inversiones, S. A. ha obtenido el visto bueno administrativo para ampliar su explotación porcina de cebo ibérico en Nava de Sotrobal. La resolución, publicada este lunes en el Boletín Oficial de Castilla y León, autoriza la actividad en la parcela 6 del polígono 503, bajo el paraje conocido como Los Majuelos.

Datos clave

Plazas
5.142 cerdos de cebo ibérico
Ubicación
Nava de Sotrobal, Salamanca
Superficie construida
4.258,9 m²
Plazo inicio
5 años desde la notificación

La granja contará con una capacidad total de 5.142 plazas para cerdos, clasificada técnicamente en 719,8 unidades de ganado mayor (UGM). La autorización ambiental integrada llega tras un proceso que ha incluido la evaluación de impacto ambiental y los informes técnicos de distintos organismos, sin que se hayan presentado alegaciones durante los trámites de audiencia pública.

Las nuevas instalaciones comprenden cuatro naves de 1.958,76 metros cuadrados cada una, junto a sistemas de almacenamiento de deyecciones con capacidad mínima de 11.826,6 metros cúbicos y un mínimo de dos balsas impermeabilizadas. La explotación se ha diseñado bajo criterios de sostenibilidad que incluyen el uso de energía fotovoltaica, con 60 paneles instalados para generar autoconsumo eléctrico.

El titular tiene ahora un plazo de 5 años para iniciar la actividad, contados desde la recepción de la notificación. El proyecto debe respetar distancias mínimas frente a núcleos de población y recursos hídricos, incluyendo al menos tres piezómetros para el control preventivo de posibles fugas de sustancias en las aguas subterráneas.

La gestión de residuos se centrará en la valorización agrícola de las deyecciones, cumpliendo con las mejores técnicas disponibles (MTD) para reducir emisiones de amoniaco. Los cadáveres y residuos zoosanitarios deberán retirarse a través de gestores autorizados, sin posibilidad de enterramiento en las instalaciones.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes o contencioso-administrativo en el de dos meses.

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