Agricultura, Ganadería, Medio Rural y Política Ambiental·Boletín Bien de Castilla y León,

Luz verde a la planta de hidrógeno Moreruela II en Granja de Moreruela

La Junta autoriza la planta de hidrógeno Moreruela II en Zamora. El proyecto debe cumplir con estrictas medidas de protección ambiental y control de vertidos al río Esla tras años de trámites.

La planta de hidrógeno verde Moreruela II, un proyecto impulsado por Inari Solar, ya tiene el visto bueno ambiental para operar en Granja de Moreruela. La resolución, publicada este martes, cierra un proceso administrativo iniciado hace más de cuatro años para esta infraestructura que se integrará en el paisaje zamorano junto a un campo fotovoltaico de 50 MW.

Datos clave

Plazo puesta marcha
5 años
Recurso
1 mes / 2 meses
Capacidad
720 kg/h de hidrógeno
Consumo energía
345,6 GWh al año
Límites ruido
65 dB día / 55 dB noche

La planta, que cuenta con una superficie construida de 5.000 metros cuadrados, producirá hasta 720 kilogramos por hora de hidrógeno de alta pureza mediante cuatro módulos de electrolizadores. Todo el proceso se alimentará con energía renovable, tanto de la planta solar anexa como de la red eléctrica, con un consumo estimado de 345,6 GWh al año.

El proyecto, calificado como actividad potencialmente contaminante del suelo de nivel inferior, deberá cumplir con un estricto condicionado ambiental. La empresa titular tiene ahora un plazo máximo de cinco años para poner en marcha la actividad, una vez comunique el inicio mediante declaración responsable.

El texto oficial establece controles rigurosos sobre las aguas residuales, cuyo vertido se realizará al río Esla. La planta contará con depósitos pulmón para el agua de rechazo de la ósmosis y separadores de hidrocarburos para tratar posibles vertidos accidentales. Además, se han fijado niveles máximos de ruido de 65 decibelios durante el día y 55 por la noche en el área.

La protección de la biodiversidad también forma parte de las exigencias. El promotor deberá adecuar tejados en las naves proyectadas para facilitar la nidificación del cernícalo primilla, presente en la zona, y mantener plantaciones perimetrales con especies autóctonas para minimizar el impacto visual.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de reposición ante la propia administración en el plazo de un mes o contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en dos meses.

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