Caza con visión térmica: las claves de la nueva orden en Castilla y León
Castilla y León regula el uso de visores térmicos y nocturnos para el control de ungulados. Te detallamos qué especies se incluyen, el papel necesario para portarlos y las estrictas prohibiciones de uso.
Cazar de noche y con visores térmicos en Castilla y León ya tiene marco legal, aunque con límites muy claros. La nueva orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Medio Rural y Política Ambiental busca responder al aumento de accidentes de tráfico y daños en cultivos causados por ungulados, utilizando la tecnología para hacer la caza más selectiva.
Datos clave
- Especies permitidas
- Jabalí, ciervo, corzo, gamo y muflón
- Uso autorizado
- Rececho y aguardo o espera
- Requisito clave
- Autorización nominativa del titular
- Horario jabalí
- Sin limitación en modalidad de espera
La norma autoriza el uso de dispositivos de visión nocturna, incluidos los visores térmicos, para la caza de jabalí, ciervo, corzo, gamo y muflón. En las modalidades de rececho y aguardo, podrás portarlos incluso acoplados al arma, siempre que su uso se ajuste estrictamente a lo permitido.
El cambio es relevante para los aguardos o esperas de jabalí, ya que permite emplear esta tecnología incluso fuera del horario habitual de caza (una hora antes de la salida del sol hasta una hora después de su puesta). Para otras especies y modalidades, el uso queda restringido exclusivamente a ese horario diurno ampliado.
El uso de estos dispositivos requiere una autorización nominativa específica, que el titular del coto o su representante debe emitir siguiendo el modelo oficial en la web de la Junta. Sin el papel, no hay autorización legal para el transporte o empleo de estos visores.
Cazar no consiste solo en ver a través de una pantalla. Está terminantemente prohibido disparar basándose exclusivamente en la señal térmica o imagen del visor: antes de apretar el gatillo, debes identificar correctamente la especie, su sexo y edad para cumplir con las condiciones de tu autorización.
Fuera de las horas y modalidades permitidas, los dispositivos deberán viajar siempre apagados y dentro de sus fundas. Si vas en coche, la ley exige que el equipo esté fuera del alcance inmediato de cualquiera de los ocupantes del vehículo.
La caza menor, la cabra montés, el rebeco y las monterías o ganchos quedan fuera de esta autorización. Usar estos visores en cualquiera de estos supuestos es una infracción sancionable según la normativa autonómica de caza vigente.
Doble confirmación. Cancela cuando quieras.