Luz verde al cambio de suelo urbano en la calle Machota de Lanzahíta
La Junta de Castilla y León valida la modificación urbanística de una parcela de 600 metros cuadrados. El informe ambiental descarta daños a la Red Natura 2000.
Luz verde ambiental para 600 metros cuadrados en la calle Machota de Lanzahíta. La Consejería de Agricultura ha concluido que el cambio de clasificación de esta parcela no supone riesgos significativos para el entorno ni para los espacios protegidos de la zona.
Datos clave
- Superficie
- 600 m²
- Estado
- Suelo urbano consolidado
- Ubicación
- Calle Machota, Lanzahíta
- Referencia
- 5519406UK3552S0001GA
El trámite, bautizado como la modificación puntual número 5 de las normas subsidiarias municipales, busca convertir una porción de suelo urbano no consolidado en suelo urbano consolidado. La parcela afectada, identificada en el catastro con la referencia 5519406UK3552S0001GA, queda así desbloqueada urbanísticamente.
El informe ambiental estratégico subraya que la actuación no dañará la integridad de la ZEC y la ZEPA del Valle del Tiétar. La evaluación descarta perjuicios a la fauna protegida, incluido el águila imperial ibérica y la cigüeña negra que sobrevuelan la zona.
Las administraciones consultadas, desde la Confederación Hidrográfica del Tajo hasta Protección Civil, han emitido sus informes sin poner objeciones de peso. La zona no presenta riesgo de inundaciones y tampoco se asienta sobre masas de agua subterránea.
Patrimonio Cultural ha confirmado, tras revisar su base de datos, que no hay bienes protegidos en el terreno concreto de la intervención. Aun así, el proyecto deberá contar con el visto bueno de la Comisión Territorial de Patrimonio de Ávila antes de avanzar.
El titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Medio Rural y Política Ambiental, Joaquín Antonio Pino, ha firmado la orden que cierra este expediente ambiental simplificado. No se requiere ahora una evaluación ordinaria, más lenta y compleja.
El documento no admite recurso administrativo directo, aunque esto no impide que se pueda impugnar la disposición general que finalmente apruebe este plan urbanístico en los tribunales. Todo queda en orden.
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