Agricultura, Ganadería, Medio Rural y Política Ambiental·Boletín Bien de Castilla y León,

Vacunación obligatoria y nuevas fosas por la gripe aviar en Castilla y León

Castilla y León impone la vacunación obligatoria frente a la enfermedad de Newcastle y regula el enterramiento de aves en las zonas con focos activos.

Los ganaderos de aves de Castilla y León se enfrentan a un verano marcado por la vigilancia extrema debido a varios focos de la enfermedad de Newcastle detectados durante junio. Esta patología, de alta mortalidad y rápida difusión entre aves domésticas y silvestres, ha obligado a la Dirección General de Producción Agrícola y Ganadera a endurecer los protocolos de bioseguridad en todas las explotaciones de la región.

Datos clave

Vacunación
Obligatoria en todas las explotaciones
Inicio Valladolid
1 de agosto de 2026
Inicio resto CYL
1 de septiembre de 2026
Enterramiento
Autorizado in situ con protocolos

La medida estrella es la vacunación obligatoria frente a la enfermedad de Newcastle para todas las granjas de producción y reproducción que no sean de autoconsumo. La pauta mínima exige dos dosis para asegurar la inmunización. Este calendario de vacunación no se aplica de golpe: las granjas en los municipios con focos activos ya están bajo esta instrucción, mientras que en las provincias de Valladolid y Segovia será obligatorio desde el 1 de agosto de 2026. Para el resto de Castilla y León, el plazo arranca el 1 de septiembre de 2026.

La resolución también autoriza el enterramiento in situ de cadáveres, estiércol y yacija en las zonas restringidas por focos activos, ante el riesgo sanitario que supone el transporte hacia plantas de procesamiento. Esta práctica, aunque permitida, exige un procedimiento estricto: láminas de polietileno resistentes para evitar filtraciones, capas de cal viva y al menos 1,5 metros de tierra sobre el enterramiento.

Las exigencias técnicas para estas fosas son precisas. La ubicación debe guardar distancias mínimas de seguridad: al menos 250 metros de cualquier suministro de agua potable, 50 metros de ríos o cursos de agua y 100 metros de casas habitadas. El acceso a estas zonas debe ser restringido y vigilado para evitar la entrada de animales, como perros o gatos, que puedan dispersar los restos.

El cumplimiento de estas normas es total. Todos los equipos y materiales empleados en la gestión de las fosas deben ser desinfectados adecuadamente tras cada operación para evitar la contaminación de las capas freáticas o daños al hábitat natural. Esta normativa es ejecutiva desde el mismo día de su publicación, sin necesidad de trámites adicionales.

La situación epidemiológica exige rigor. Cualquier duda o discrepancia con estas medidas puede ser objeto de recurso de alzada ante la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural en el plazo de un mes. El sector avícola, en vilo.

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