Ayuntamiento de Sant Pere de Ribes·Boletín Bien de Cataluña,

Ayudas para rehabilitar viviendas vacías en Sant Pere de Ribes 2026

Plazo de solicitudAbierto hasta el 30 de septiembre de 2026Quedan 34 días
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Sant Pere de Ribes abre una línea de 30.000 euros para reformar inmuebles a cambio de alquiler social. Si tienes una vivienda vacía, este es el plazo límite para solicitar la ayuda.

Si eres propietario de un piso vacío en Sant Pere de Ribes, el Ayuntamiento te ofrece una vía para rehabilitarlo a cambio de integrarlo en su programa municipal de vivienda. Es una oportunidad para poner a punto ese inmueble que ahora mismo no genera nada más que gastos, pero el movimiento exige un compromiso claro de alquiler asequible.

Datos clave

Plazo solicitud
Hasta el 30 de septiembre de 2026
Presupuesto total
30.000 €
Plazo justificación
30 de octubre de 2026
Compromiso alquiler
5 años (físicas) o 7 años (jurídicas)

La ayuda total asciende a 30.000 euros. El objetivo es reducir la bolsa de pisos desocupados en el municipio mediante reformas interiores, tales como arreglos o rehabilitaciones que cumplan con los estándares necesarios para su puesta en marcha en el mercado de alquiler social.

El compromiso de alquiler o cesión de uso es la clave de todo el proceso. Si eres una persona física, el piso deberá permanecer en el programa durante un periodo mínimo de cinco años; si eres persona jurídica, el plazo se extiende hasta los siete años.

Las solicitudes pueden presentarse hasta el 30 de septiembre de 2026. Tienes dos vías principales para formalizar tu interés: presencialmente en las Oficinas de Atención Ciudadana, siempre bajo cita previa, o a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Sant Pere de Ribes.

El pago no es automático al recibir la concesión. Se tramitará una vez que las actuaciones estén finalizadas y debidamente justificadas, siguiendo los modelos normalizados que el Ayuntamiento pone a tu disposición.

La burocracia no perdona. Debes tener los justificantes listos antes del 30 de octubre de 2026 para las obras ya ejecutadas, o en el plazo de un mes tras finalizar la reforma si las obras aún están en marcha.

Existe un tope temporal para la justificación. Ningún plazo podrá exceder los siete meses desde la notificación de la concesión, independientemente de cuándo termines los trabajos.

Todo está ya en marcha.

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