L'Hospitalet firma con la Agencia Tributaria el recargo turístico
L'Hospitalet delega en la Agencia Tributaria la recaudación del futuro recargo municipal turístico. El convenio detalla cómo se transferirán los fondos tras descontar la tasa de gestión.
L'Hospitalet de Llobregat se prepara para aplicar un recargo específico en la tasa turística, y para ello acaba de cerrar un acuerdo clave con la Agencia Tributaria de Cataluña. El convenio, formalizado el pasado 22 de septiembre por el alcalde David Quirós Brito y el presidente del ente tributario Antoni Fernández Pérez, establece quién se encarga de qué en esta recaudación.
Datos clave
- En vigor
- Cuando el recargo sea plenamente exigible
- Duración
- 4 años, prorrogable por otros 4
- Gestión
- Agencia Tributaria de Cataluña
- Pagos
- Cada 4 meses tras cada liquidación
La Agencia Tributaria de Cataluña asume todo el trabajo sucio. Ellos se ocuparán de la gestión, la inspección y el cobro del recargo en el término municipal, integrándolo junto al impuesto sobre las estancias turísticas que ya existe. El Ayuntamiento, por su parte, se desentiende de la maquinaria recaudatoria y se centrará únicamente en informar a la ciudadanía.
La transferencia de los fondos recaudados no será íntegra. El pacto detalla que la Generalitat restará del total la tasa por el servicio de gestión y recaudación que le corresponde cobrar por hacer este trabajo. Los pagos al consistorio se realizarán en periodos de cuatro meses una vez finalizada cada liquidación.
La burocracia se pone en marcha. Se constituirá una comisión de seguimiento con dos representantes de cada parte para supervisar el proceso, resolver posibles dudas y coordinar los aspectos técnicos. Este órgano rotará su presidencia cada dos años entre ambos organismos.
El convenio estará vigente cuatro años, con la posibilidad de prorrogarlo por otros cuatro más. Si algo no encaja, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña será quien resuelva cualquier conflicto legal que surja de esta colaboración administrativa.
Todo está firmado.
El acuerdo entra en vigor cuando el recargo sea plenamente exigible según marca la normativa catalana.
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