Estado y Generalitat negocian siete artículos de la ley del amianto
Ambas administraciones han constituido un grupo de trabajo para resolver discrepancias en siete artículos de la ley sobre la erradicación del amianto.
El amianto sigue generando fricciones entre administraciones. La Generalitat y el Estado han puesto sobre la mesa sus discrepancias competenciales respecto a la Ley 8/2026 de erradicación del amianto, un texto aprobado el pasado julio que ahora entra en una fase de negociación forzada para evitar un conflicto mayor ante el Tribunal Constitucional.
Datos clave
- Artículos en duda
- 10, 11, 31, 33, 35, 36 y 47 de la Ley 8/2026
- Fecha del acuerdo
- 1 de octubre de 2026
- Representantes
- Ángel Víctor Torres y Albert Dalmau
El acuerdo, adoptado el 1 de octubre por la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos, pone el foco en siete artículos concretos de la normativa: el 10, 11, 31, 33, 35, 36 y 47. Estos puntos, que afectan a la gestión, plazos o responsabilidades en la retirada del material, han sido señalados por el Estado al considerar que podrían invadir sus competencias.
Se abre la negociación.
Para encauzar estas diferencias, la subcomisión ha nombrado un grupo de trabajo específico. Su misión es clara: proponer una solución que satisfaga a ambas partes y permita que la ley siga operativa sin necesidad de que el alto tribunal tenga que intervenir con una sentencia de fondo. La comunicación al Tribunal Constitucional ya se ha formalizado, activando los mecanismos previstos en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional para este tipo de conflictos entre el Estado y las comunidades autónomas.
La resolución que ahora se publica en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya lleva la firma de la secretaria general, Eva Giménez. Por parte del Estado, el acuerdo cuenta con el respaldo del ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres, mientras que la Generalitat ha estado representada por el consejero de la Presidencia, Albert Dalmau.
Este movimiento es un trámite habitual cuando dos gobiernos discrepan sobre quién tiene la última palabra en una ley autonómica. Ahora, el grupo de trabajo tiene por delante la tarea de hilar fino en esos siete artículos para encontrar un punto de encuentro que evite la judicialización definitiva de la norma.
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