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Normas para la cría ecológica de insectos en Catalunya

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Si crías insectos para piensos ecológicos, ya tienes las reglas técnicas definitivas. La Generalitat fija los métodos de sacrificio, alojamiento y bienestar animal.

Si te dedicas a la cría de insectos para fabricar piensos ecológicos en Catalunya, ya tienes un marco normativo oficial donde apoyarte. La Generalitat ha publicado las normas técnicas que faltaban para regular esta actividad, cerrando así un periodo de incertidumbre legal que se ha prolongado desde marzo de 2024.

Datos clave

Entrada en vigor
3 de agosto de 2026
Límite reproductores
0,5% del peso total anual
Contenido máximo frass
5% en volumen / 3% en peso

La normativa es taxativa en cuanto a los métodos de cría. Adiós a las rejillas que puedan dañar las patas de los insectos o a los materiales reciclados que supongan riesgos de contaminación. Todo debe estar pensado para asegurar el bienestar, incluyendo la alternancia obligatoria entre luz y oscuridad según la fase de desarrollo de cada especie.

El sacrificio no es una cuestión menor para la administración. Se exige que la muerte sea instantánea, permitiendo métodos como el choque térmico por congelación o vapor, pero prohibiendo expresamente la deshidratación al sol. El sufrimiento debe reducirse al mínimo indispensable durante todo el proceso.

La gestión del frass (la mezcla de excrementos y restos) también tiene sus límites. No puede contener más de un 5 por ciento en volumen ni un 3 por ciento en peso de individuos muertos, y su eliminación debe seguir estrictamente la normativa comunitaria sobre subproductos animales.

La trazabilidad genética también se contempla. Se permite la introducción de insectos no ecológicos para regenerar poblaciones, pero con un techo claro: el peso de estos reproductores no puede superar el 0,5 por ciento del peso total de la producción ecológica en cada año natural.

Se acabaron las dudas.

Las instalaciones deben vaciarse, limpiarse y desinfectarse entre cada lote. Si no cumples, el sistema no te reconoce.

La nueva sección entra en vigor el 3 de agosto de 2026, veinte días después de su publicación en el boletín. Es el momento de revisar los alojamientos y los protocolos de alimentación para cumplir con la exigencia técnica, que se suma a la normativa horizontal de seguridad alimentaria ya existente.

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