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Palol de Revardit cambia los usos urbanísticos en el núcleo de la República

La Comisión de Urbanismo de Girona ha aprobado modificar las normas de Palol de Revardit para habilitar nuevos usos comerciales. Descubre qué se permite construir y bajo qué condiciones técnicas.

El núcleo de la República en Palol de Revardit estrena nuevas reglas de juego para su futuro urbanístico. La Comisión Territorial de Urbanismo de Girona ha aprobado definitivamente la modificación número 24 de sus normas complementarias y subsidiarias, abriendo la puerta a una mayor versatilidad de usos en esta zona del municipio.

Datos clave

Ocupación máxima
50% de la parcela
Edificabilidad
1,0 metros cuadrados por metro cuadrado
Altura máxima
7,50 metros
Distancia mínima
3 metros respecto a vecinos y vías públicas
Retranqueo C-150
15 metros desde la arista exterior de la calzada

Esta decisión administrativa, que ya es plenamente ejecutiva tras su reciente publicación, redefine qué actividades podrán instalarse en los terrenos reservados para servicios colectivos de explotación comercial privada. A partir de ahora, el catálogo de usos permitidos en este suelo urbano incluye desde hostelería, restauración y estaciones de servicio hasta equipamientos sanitarios, docentes y socio-culturales.

La normativa detalla condiciones muy concretas para futuras construcciones: la ocupación máxima de parcela se fija en el 50 por ciento, con una edificabilidad de 1,0 metros cuadrados por metro cuadrado y una altura máxima de 7,50 metros. Además, cualquier edificio deberá guardar una distancia mínima de 3 metros respecto a vecinos y vías públicas.

El plan urbanístico introduce también una restricción específica por seguridad vial. Las edificaciones que se proyecten frente a la carretera C-150 deberán retranquearse al menos 15 metros desde la arista exterior de la calzada más próxima.

El expediente completo se encuentra a disposición de cualquier interesado en el Registro de planeamiento urbanístico de Cataluña. La consulta puede realizarse de forma telemática a través de la sede electrónica de la Generalitat o de manera presencial en los servicios territoriales de Urbanismo, de lunes a viernes, entre las 9 y las 14 horas.

Las normas son claras. El cumplimiento es obligatorio. Contra este acuerdo cabe interponer recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en un plazo de dos meses.

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