Territorio, Vivienda y Transición Ecológica·Boletín Bien de Cataluña,

Orís blinda su suelo frente a la minería con nuevas normas urbanísticas

Orís limita por norma la superficie minera para evitar la presión en su suelo. Los nuevos proyectos deberán cumplir distancias de protección y planes de restauración ambiental para obtener licencia.

Orís ha decidido apretar las tuercas a sus explotaciones mineras. La Comisión Territorial de Urbanismo de la Cataluña Central ha dado luz verde definitiva a la modificación número 3 del Plan de ordenación urbanística municipal, poniendo coto a cómo se regulan y amplían los usos extractivos en el suelo no urbanizable del municipio.

Datos clave

Límite superficie
3% del suelo no urbanizable
Límite proximidad
10% en radio de 1 km (31,40 hectáreas)
Bandas protección
100 metros en fuentes y redes de riego
Caducidad permiso
6 meses inicio / 18 meses finalización
En vigor
24 de julio de 2026

El cambio es una respuesta directa a la necesidad de equilibrar la actividad minera con la protección del entorno. A partir de ahora, la superficie total destinada a estas labores simultáneas no podrá superar el 3 por ciento del suelo no urbanizable del término municipal. La norma establece un cálculo preciso para evitar la sobresaturación antrópica: la suma del área extractiva actual más las nuevas licencias, restando el terreno ya restaurado.

La normativa es especialmente estricta con la acumulación en el entorno de proximidad, definido como un círculo de un kilómetro de radio. En estos perímetros, la ocupación minera no podrá exceder el 10 por ciento de la superficie, lo que equivale a 31,40 hectáreas. Si en esa zona ya existe una presión antrópica elevada, el tope se reduce drásticamente a la mitad, quedándose en un 5 por ciento.

No todo es aritmética. La nueva regulación impone condiciones geológicas e hidrológicas que obligan a los promotores a hilar muy fino antes de mover un metro de tierra. Se prohíbe cualquier actividad extractiva en el entorno del geotopo de L'Escull de la Trona y se establecen bandas de protección de 100 metros en fuentes naturales de agua y redes de riego. Además, cualquier proyecto deberá justificar su impacto paisajístico y acústico, garantizando que el ruido en núcleos urbanos y viviendas catalogadas no altere la calidad acústica de las zonas residenciales.

El documento no olvida las instalaciones ya existentes, como Can Carriel, El Garrigar y El Planàs. Estas actividades mantienen sus licencias, pero cualquier intento de ampliación futura deberá someterse a las nuevas reglas. Si la explotación actual es inferior a 10 hectáreas, podrán crecer hasta un máximo de 3 hectáreas bajo condiciones específicas, siempre que se respete la normativa de implantación ambiental.

El expediente, identificado con el código 2025/086868/N, ya es plenamente ejecutivo tras su publicación oficial en el DOGC el 24 de julio de 2026. Los promotores deberán presentar memorias específicas, estudios de visuales y cálculos de pérdida neta de biodiversidad para obtener cualquier nueva autorización.

Las exigencias ambientales son altas. La restauración ya no será un trámite final, sino una condición previa para muchas ampliaciones. Quien no empiece los trabajos en un plazo de 6 meses desde que recibe la licencia, o no finalice las obras de implantación en 18 meses, verá cómo su permiso caduca automáticamente.

Tu correo diario, gratis
Cada mañana, lo que hoy se publica en Cataluña y te afecta. Lo lees en dos minutos.

Doble confirmación. Cancela cuando quieras.

El Boletín Bien de Cataluña, en Telegram
Las piezas del día, cada mañana en tu móvil.
Unirme al canal

Boletín Bien de Cataluña

Léelo entero, cada día

Lo que se publica en el boletín, legible y sin relleno.

  • Todas las secciones
  • Sin límite diario
  • Todo el archivo
Pago seguroVISABizumPayGPay

Sin permanencia, cancelas cuando quieras.