Territorio, Vivienda y Transición Ecológica·Boletín Bien de Cataluña,

Avícola Vilamajó obtiene luz verde para su plan en Bellpuig

La Comisión Territorial de Urbanismo de Lleida aprueba la modificación del plan especial de la empresa en Bellpuig. El proyecto debe cumplir estrictas condiciones de gestión de aguas e integración paisajística.

La Comisión Territorial de Urbanismo de Lleida ha dado luz verde definitiva a la modificación del plan especial que permitirá a la empresa Avícola Vilamajó, SL ampliar su actividad ganadera en Bellpuig. El proyecto se ubica en las parcelas 70, 71, 72 y 76 del polígono 2, un espacio clasificado como suelo no urbanizable donde la actividad debe convivir con el entorno rural.

Datos clave

Ubicación
Parcelas 70, 71, 72 y 76 del polígono 2
Consumo agua
Máximo 32.000 m³/año
Altura naves
Máximo 10 metros en el alero
Edificabilidad
Máximo 50% de la superficie de la finca

La aprobación llega con deberes técnicos claros para el promotor. El documento oficial corrige un error previo sobre los parámetros de ocupación, aclarando que debe prevalecer la ordenación marcada en los planos, y subraya la importancia de cumplir con las medidas de integración paisajística, con especial énfasis en las plantaciones vegetales.

El plan prevé un consumo hídrico máximo de 32.000 metros cúbicos anuales. La explotación contará con un doble sistema: agua de la red municipal para las oficinas y vestuarios, y un pozo propio para el suministro de las gallinas ponedoras, pendiente de la concesión definitiva de la Confederación Hidrográfica del Ebro.

La gestión de residuos también ha sido detallada al milímetro. Se establece un sistema separativo donde las aguas pluviales de las cubiertas se infiltrarán directamente en el terreno, mientras que las aguas residuales domésticas irán a una fosa séptica. El estiércol y el agua de la fosa se gestionarán de forma conjunta en un estercolero impermeabilizado para evitar cualquier vertido.

Las construcciones deberán respetar una separación mínima de 8 metros respecto a la red básica y 6 metros en caminos y otros umbrales. La altura máxima permitida en el alero de las naves es de 10 metros.

La seguridad acústica es una exigencia previa. Antes de que el ayuntamiento conceda la licencia de edificación, el promotor deberá realizar estudios sobre los niveles sonoros previstos y garantizar el cumplimiento de las normas CE de maquinaria.

La empresa se compromete a correr con todos los gastos de saneamiento y abastecimiento. Las instalaciones deben ser totalmente estancas para prevenir filtraciones.

El expediente completo está disponible para consulta pública en el Registro de planeamiento urbanístico de Cataluña. Los interesados en recurrir esta resolución disponen de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

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