Territorio, Vivienda y Transición Ecológica·Boletín Bien de Cataluña,

Montoliu de Segarra limita las viviendas turísticas para frenar su expansión

El municipio de Montoliu de Segarra restringe las licencias para alojamientos turísticos y actualiza sus normas urbanísticas de cara a proteger su carácter rural.

Montoliu de Segarra se pone manos a la obra para evitar convertirse en lo que los urbanistas llaman una ciudad dormitorio. La Comisión Territorial de Urbanismo de Lleida ha dado luz verde definitiva a la modificación del plan urbanístico local, una medida que afecta directamente a quienes tienen o proyectan una vivienda de uso turístico en el municipio.

Datos clave

Límite plazas
10 plazas por cada 100 habitantes
En vigor
Desde octubre
Uso residencial
Mínimo 50% del techo total
Construcciones
Máximo 15 metros cuadrados y 3 metros altura

El plan ahora establece un tope claro: no se podrán superar las 10 plazas de alojamiento turístico por cada 100 habitantes. La cifra no es caprichosa, ya que el municipio cuenta con un 39,2 por ciento de viviendas secundarias frente a las principales, un indicador que preocupa a la administración local.

La normativa también toca otros elementos del paisaje urbano. A partir de ahora, cualquier construcción auxiliar, como pequeños almacenes o cobertizos, deberá integrarse en la valla de parcela, sin superar los 15 metros cuadrados de superficie ni los 3 metros de altura. Eso sí, la regla tiene excepciones claras: las piscinas y las pistas deportivas descubiertas quedan fuera de esta limitación.

Las placas solares también tienen nuevas reglas de juego. Deberán colocarse coplanares al tejado, respetando la misma pendiente, y mantener una separación mínima de un metro respecto al caballete, fachadas interiores y vecinos, distancia que se duplica hasta los dos metros en las fachadas que dan a la calle.

El texto, publicado este octubre en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, detalla además nuevos usos para las zonas de casco antiguo y urbano tradicional. Se permite ahora destinar la totalidad de la superficie de los edificios a usos como el hotelero, el alojamiento rural, oficinas o servicios docentes y sanitarios.

La actividad en planta baja se abre a la restauración, al comercio y a los talleres, siempre excluyendo los almacenes agrícolas. El uso residencial mantiene su dominio, debiendo ocupar siempre un mínimo del 50 por ciento del techo total en estas zonas.

La normativa ya es de aplicación inmediata tras su publicación oficial. Quienes tengan dudas sobre cómo encaja una reforma concreta en el nuevo plan, pueden consultar el expediente completo a través del portal urbanístico de la Generalitat o de forma presencial en las oficinas territoriales de Urbanismo.

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