Empresa y Trabajo·Boletín Bien de Cataluña,

Nuevo convenio de actores en Cataluña: sueldos y condiciones a 2028

El nuevo convenio colectivo para el sector teatral catalán ya es oficial, fijando las retribuciones de los intérpretes hasta 2028 y blindando su voz e imagen ante la inteligencia artificial.

El sector teatral en Cataluña estrena nuevas reglas del juego con la publicación oficial de su cuarto convenio colectivo. Este texto, que ya está en vigor tras su paso por el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, establece las condiciones laborales para los actores y actrices de una industria que abarca desde los grandes escenarios hasta las salas de proximidad.

Datos clave

Vigencia
Hasta el 31 de diciembre de 2028
Sueldo protag. A
4.371,78 € mensuales
Sueldo protag. B
1.630,33 € mensuales
Dieta completa
137,36 €

La vigencia del acuerdo se extiende hasta el 31 de diciembre de 2028, con revisiones salariales automáticas vinculadas al IPC de cada año anterior. Las tablas retributivas se dividen ahora en dos grandes grupos económicos: el Grupo A, que agrupa a los teatros públicos y a aquellas productoras con mayor volumen de inversión o subvenciones, y el Grupo B, que incluye al resto de salas y compañías del circuito.

Las retribuciones mínimas presentan diferencias notables según la categoría profesional y la modalidad de contratación. Por ejemplo, en temporada dentro del Grupo A, el sueldo mensual para un protagonista alcanza los 4.371,78 euros, mientras que en el mismo grupo y modalidad, un papel de reparto percibe 2.506,37 euros al mes. En el Grupo B, para las mismas funciones, las cifras se ajustan a las tarifas vigentes desde este septiembre, con previsiones de incremento ya cerradas para 2027 y 2028.

El convenio también introduce un punto importante sobre la Inteligencia Artificial: se prohíbe expresamente que las imágenes o voces grabadas de los intérpretes se utilicen para alimentar o entrenar programas de IA, robótica o metodologías similares, garantizando que el uso del material audiovisual se ciña exclusivamente a lo firmado en cada contrato.

La norma regula además el trabajo de menores en escena, los descansos mínimos semanales y las dietas por desplazamientos. En el caso de tener que pernoctar fuera por una gira, la dieta completa se fija en 137,36 euros, con importes detallados según el país de destino en caso de giras internacionales.

Para dirimir conflictos, se crea una Comisión Mixta Paritaria que deberá resolver las cuestiones ordinarias en un plazo de siete días. Si la discrepancia es extraordinaria, el tiempo de respuesta se reduce a setenta y dos horas, buscando una agilidad necesaria en un sector donde el calendario no espera.

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