Territorio, Vivienda y Transición Ecológica·Boletín Bien de Cataluña,

El parque eólico Tivissa IV se impone sobre el monte Comuns de la Vila

El Gobierno de la Generalitat ha decidido que el proyecto energético de Tivissa IV prevalezca sobre el monte público Comuns de la Vila, despejando los obstáculos para su construcción pese a la oposición forestal.

El parque eólico Tivissa IV ha ganado su pulso administrativo más complejo. El Gobierno de la Generalitat ha declarado la utilidad pública de este proyecto energético de 50 MW, un movimiento clave que otorga al parque el derecho a prevalecer sobre el monte Comuns de la Vila, un espacio forestal que hasta ahora disfrutaba de protección como monte de utilidad pública.

Datos clave

Estado
Declaración de utilidad pública
Promotor
Desarrollos Eólicos Tivissa IV, SLU
Potencia
50 MW
Recurso reposición
1 mes desde el 30 de julio de 2026
Recurso judicial
2 meses ante el TSJC

La decisión, publicada el 30 de julio de 2026, cierra un conflicto administrativo directo entre dos intereses públicos distintos. La Sección de Bosques y Recursos Forestales de las Terres de l'Ebre se había opuesto a la construcción, advirtiendo que el proyecto ocuparía prácticamente la totalidad del monte protegido y alteraría sus valores forestales de forma irreversible.

Sin embargo, el Ejecutivo catalán ha optado por la vía de la prevalencia energética. Para justificar esta decisión, el Gobierno se apoya en los objetivos de la Ley de cambio climático de 2017, que marca una meta del 50 por ciento de renovables para 2030, y en la actual Prospectiva Energética de Cataluña, que busca alcanzar los 12 GW de potencia instalada.

El proyecto, promovido por la empresa Desarrollos Eólicos Tivissa IV, SLU, había recibido 67 alegaciones de particulares y 4 de entidades jurídicas durante el periodo de información pública. Los vecinos habían señalado riesgos que iban desde incendios forestales hasta la depreciación del patrimonio y un impacto negativo en la fauna local.

La Generalitat argumenta que las afecciones, como la pérdida de vegetación en los viales de acceso y plataformas de los aerogeneradores, se consideran reducidas. Además, sostiene que el monte público solo tenía un aprovechamiento apícola, actividad que, según el informe del proyecto, no se verá afectada.

La resolución ya es firme. Los afectados tienen ahora un mes para presentar un recurso de reposición ante el Gobierno o dos meses si optan por la vía contencioso-administrativa ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

El conflicto administrativo termina aquí. La energía gana terreno al monte.

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