Las baterías BESS Alcázar 2 ya tienen autorización en Ciudad Real
La planta fotovoltaica de Alcázar de San Juan contará con un nuevo sistema de almacenamiento de iones de litio. El Ministerio ha formalizado la autorización previa para este refuerzo energético de 16,44 megavatios.
El parque fotovoltaico ya existente en Alcázar de San Juan, conocido como FV Alcázar 2, va a dar un salto tecnológico en los próximos meses. La Dirección General de Política Energética y Minas ha dado luz verde a la instalación de un sistema de almacenamiento mediante baterías de iones de litio, bautizado como BESS Alcázar 2.
Datos clave
- Potencia adicional
- 16,44 MW
- Potencia final
- 61,44 MW
- Capacidad
- 32,875 MWh
- Plazo
- 3 meses para solicitar la construcción
- Recurso
- 1 mes ante Secretaría de Estado de Energía
Este nuevo equipamiento, con una potencia instalada de 16,44 megavatios, permitirá hibridar la planta solar de 45 megavatios original. El resultado será una instalación conjunta capaz de volcar hasta 61,44 megavatios a la red de transporte en el nudo de Carroyuelas.
El proyecto, impulsado por la mercantil Planta Solar Alcázar 2, cuenta con unas dimensiones técnicas considerables. El sistema de baterías sumará 32,875 megavatios-hora de capacidad y constará de 65.856 celdas prismáticas fabricadas por CATL. Todo el conjunto se articulará mediante nueve inversores de Tesla instalados en contenedores.
La tramitación ha sido larga. Tras las solicitudes presentadas originalmente en noviembre de 2023 y las sucesivas subsanaciones a lo largo de 2024 y principios de 2025, el expediente ha pasado por múltiples informes ambientales. La resolución actual, firmada por Manuel García, subraya que no se requieren efectos adversos significativos siempre que se cumplan las medidas preventivas.
Entre las obligaciones marcadas, la empresa deberá instalar dispositivos de retención de fugas bajo los elementos químicos y sistemas de monitorización para evitar incendios accidentales. También se especifica que el proyecto debe apoyarse en las infraestructuras de evacuación ya existentes, como los caminos de acceso y zanjas de canalización de la planta actual.
La autorización tiene un margen de maniobra limitado. El promotor dispone de un plazo de tres meses para solicitar la autorización de construcción y justificar que los condicionantes ambientales no reducen la potencia final declarada. De no hacerlo, esta luz verde caducará automáticamente.
Además, la resolución deja claro que esta autorización administrativa previa no exime a la empresa de obtener otros permisos territoriales o ambientales que sean necesarios para el inicio de las obras. La tramitación continúa.
Contra esta resolución cabe interponer recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía. El plazo para presentarlo es de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación oficial.
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