Pago de expropiaciones en Montoro: cita el 20 de octubre
Si tu terreno en Montoro fue afectado por la construcción de la estación de carga de la A-4, el Estado ha fijado el día para el cobro de tu indemnización.
Si tu nombre aparece vinculado a la finca 14-420.0003 en Montoro, la Demarcación de Carreteras tiene una cita pendiente contigo. El Estado ha convocado para el próximo 20 de octubre de 2026 el pago de las indemnizaciones por las expropiaciones necesarias para construir una nueva área de servicio y estación de carga ultrarrápida en la Autovía del Sur, a la altura del punto kilométrico 353+000.
Datos clave
- Plazo
- 20 de octubre de 2026
- Qué hacer
- Presentar documentación en la cita
- Finca afectada
- 14-420.0003
- Contacto
- 954 48 79 48
La cita es a las 10:30 de la mañana. Se trata de un trámite administrativo que exige puntualidad y orden en los papeles, ya que el Estado busca formalizar los pagos mediante transferencia bancaria.
Para cobrar, deberás presentar una solicitud de pago firmada, fotocopia de tu DNI vigente y un certificado bancario que acredite la titularidad de la cuenta donde deben realizar el ingreso. Si decides no personarte el 20 de octubre, la Demarcación de Carreteras procederá a consignar el dinero en la Caja General de Depósitos, lo que complicará el acceso posterior a los fondos.
La documentación puede entregarse antes de la fecha señalada. Tienes la opción de acudir a las oficinas de la Demarcación en la Avenida Padre García Tejero número 4, en Sevilla, o realizar el envío de forma telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes.
El expediente exige una serie de certificados adicionales dependiendo de cada situación personal. Si la finca está registrada, necesitarás una nota simple reciente del Registro de la Propiedad, mientras que si no lo está, tendrás que aportar un certificado que así lo confirme junto con los datos catastrales detallando el porcentaje de propiedad.
Las exigencias aumentan si actúas por representación o si la finca tiene cargas pendientes. En el primer caso, es obligatorio presentar el poder notarial; en el segundo, deberás acreditar que la propiedad ha quedado libre de deudas para poder desbloquear el pago.
Si el titular ha fallecido, la documentación debe incluir la declaración de herederos o el testamento, además de la copia de la presentación del impuesto de sucesiones. En caso de no aportar la documentación completa en tiempo y forma, el importe quedará retenido.
Para cualquier duda técnica antes de la cita, puedes contactar con la sección de Pagaduría de la Demarcación llamando al 954 48 79 48 o enviando un correo electrónico a [email protected].
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