Ayuntamiento de Cabra·Boletín Bien de la Provincia de Córdoba,

Luz verde al plan urbanístico ARI-16 de Cabra y sus 30.330 euros

El Ayuntamiento de Cabra aprueba el Estudio de Ordenación del ámbito ARI-16, marcando el fin de su tramitación con un pago finalista de más de 30.000 euros.

El ámbito urbanístico ARI-16 de Cabra ha dejado atrás su fase de incertidumbre. El Ayuntamiento Pleno aprobó de forma definitiva su nuevo Estudio de Ordenación en la sesión urgente celebrada el 31 de julio, poniendo punto final a un proceso que ahora se hace público para conocimiento de los vecinos.

Datos clave

Importe total
30.330 €
Cesión obligatoria
23.580 €
Excesos
6.750 €
Garantía devuelta
1.004 €

La luz verde municipal viene con deberes financieros para el promotor. El acuerdo ratifica una sustitución en metálico de las cesiones obligatorias y excesos de aprovechamiento, cuantificados en un total de 30.330 euros. De esta cifra, 23.580 euros se destinan al patrimonio público de suelo como cesión obligatoria, mientras que los 6.750 euros restantes responden a excesos de aprovechamiento.

El plan exige la demolición de las edificaciones existentes en la parcela, tanto la irregular como la provisional. El Ayuntamiento aclara que estas demoliciones se ejecutarán sin derecho a indemnización. La operación permite recuperar una garantía de 1.004 euros que se constituyó en su día para la licencia provisional de aparcamiento y cuerpo edificatorio que ocupaba parte del terreno.

Las condiciones de edificación incluyen directrices técnicas precisas. La nueva red de aguas residuales deberá ser obligatoriamente separativa, ajustándose a la Ordenanza de Vertidos vigente desde 2004. Además, el proyecto queda vinculado a las Normas Directoras de documentación electrónica de la Junta de Andalucía.

El Estudio de Ordenación ya cuenta con su registro autonómico número 11.045 y el municipal SI-Af010. Cualquier persona interesada puede consultar el documento íntegro en la sede electrónica del Ayuntamiento de Cabra, tal como marca el procedimiento de transparencia urbanística.

El cumplimiento de estas normas es obligatorio para todos. Los terrenos quedan vinculados a los usos previstos en esta nueva clasificación, sin posibilidad de segregaciones conforme al artículo 8.161 del PGOU. La inscripción registral de estos deberes de pago y liquidación es un paso previo indispensable para cualquier futura licencia de obras en el ámbito.

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