Nuevo convenio para la cafetería del Hospital Universitario de Cuenca
El nuevo convenio colectivo para el personal de la cafetería del Hospital General Universitario Ciudad de Cuenca fija los salarios y condiciones de 2026 y 2027.
El personal de la cafetería del Hospital General Universitario Ciudad de Cuenca estrena convenio. El nuevo marco laboral, vigente desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2027, blinda las condiciones de trabajo de una plantilla que abarca desde el equipo de cocina hasta el de vending o limpieza. Las subidas salariales ya tienen fecha: un 4 por ciento para el ejercicio 2026 y un 3 por ciento adicional en 2027.
Datos clave
- Vigencia
- 1 de enero de 2026 a 31 de diciembre de 2027
- Incremento salarial
- 4% en 2026 y 3% en 2027
- Vacaciones
- 32 días ininterrumpidos
- Jornada anual
- Máximo 1.700 horas
La jornada laboral se fija en un máximo de 1.700 horas anuales, con turnos continuos de 8 horas y el derecho a un descanso diario de 20 minutos que cuenta como tiempo efectivo de trabajo. Además, el calendario garantiza un mínimo de dieciocho domingos libres al año para cada trabajador, con dos días de descanso consecutivos cada semana.
El acuerdo introduce incentivos específicos para las fechas de mayor carga. Quienes trabajen en el turno de mañana o tarde el 25 de diciembre o el 1 de enero percibirán un plus de 20,80 euros en 2026, cantidad que sube a 21,42 euros para el año siguiente. Asimismo, la festividad de Santa Marta, el 29 de julio, se marca como día de descanso, o compensado con un recargo del 75 por ciento si el servicio impide cerrar.
La antigüedad también es un factor clave en la nómina. Se establecen trienios acumulativos que comienzan con un 3 por ciento a los tres años y llegan hasta el 45 por ciento al cumplir los 24 años de servicio. Al alcanzar el cuarto de siglo en la empresa, el trabajador recibe un premio adicional del 10 por ciento sobre su salario base.
En cuanto a la protección frente a imprevistos, el convenio asegura un complemento hasta el cien por cien del salario durante situaciones de incapacidad temporal, cubriendo un periodo de hasta dieciocho meses. También se obliga a la empresa a contratar un seguro de vida e invalidez, que fija una cuantía de 19.760 euros para 2026 y de 20.352 euros para 2027.
Las vacaciones se mantienen en 32 días ininterrumpidos. La retribución durante este periodo será la misma que cualquier otra mensualidad y el disfrute se fija entre el 1 de junio y el 30 de septiembre. El calendario anual de turnos, que incluye también los días de libre disposición, se elaborará mediante sorteo para evitar discrepancias.
La gestión de ausencias inesperadas cuenta con un mecanismo propio: un turno de incidencias diseñado para cubrir bajas laborales o licencias imprevistas. El sistema prioriza a quien se encuentre en su día de descanso abonable, estableciendo reglas claras para evitar que la plantilla sufra alteraciones injustificadas en su organización personal.
El documento pone especial énfasis en la igualdad y la prevención. Se incluyen protocolos específicos frente al acoso y la discriminación, con medidas detalladas para garantizar un entorno inclusivo. La Comisión Paritaria, compuesta por representantes de la empresa y los trabajadores, velará por la correcta aplicación de todo lo pactado.
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