Aprobados para electricista en el Servicio Extremeño de Salud
Ver las 2 oposiciones abiertas en Extremadura →Los aspirantes que han superado el proceso para la plaza de electricista en el Servicio Extremeño de Salud ya tienen el plazo abierto para acreditar sus requisitos.
Los aspirantes que han superado el concurso-oposición para electricista en el Servicio Extremeño de Salud ya conocen su nota definitiva. La resolución, firmada el 10 de septiembre de 2026 por Encarnación Solís Pérez, directora gerente, cierra la fase de evaluación y abre el periodo para acreditar los méritos y requisitos exigidos en las bases de la convocatoria de diciembre de 2024.
Datos clave
- Plazo
- 10 días hábiles
- Qué hacer
- Presentar documentación vía telemática
- Dónde
- Portal de Selección de Personal del SES
- Resolución
- Encarnación Solís Pérez, 10 de septiembre
Si has superado el proceso y te encuentras dentro del número de plazas ofertadas, tienes un plazo de diez días hábiles para presentar la documentación acreditativa. Debes hacerlo de forma telemática a través del portal de selección de personal del Servicio Extremeño de Salud.
Además de los aspirantes con plaza, dos personas adicionales están obligadas a presentar esta documentación: Enrique Gómez Santamaría y Carlos Franco Domínguez. Ambos figuran en los puestos 9 y 10 del turno libre respectivamente.
La documentación requerida incluye copia auténtica del DNI o pasaporte, título académico o certificado exigido, declaración responsable de no haber sido separado del servicio o hallarse inhabilitado, declaración de no poseer la condición de personal estatutario fijo, declaración de no hallarse en los supuestos del artículo 35.bis de la Ley 1/2014, y un certificado médico oficial. Quienes hayan concurrido por el turno de discapacidad deberán aportar, además, la certificación de los órganos competentes.
La falta de presentación de esta documentación, salvo caso de fuerza mayor, supondrá la pérdida del derecho a ser nombrado personal estatutario fijo. La resolución agota la vía administrativa, aunque cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses o, de forma potestativa, recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes.
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