Reforma en el comercio ambulante y las Cámaras de Extremadura
Las licencias de venta ambulante pasan a tener una duración de 15 años y se facilita el relevo generacional. Además, la norma ajusta el funcionamiento de las Cámaras de Comercio a la legislación estatal.
Si gestionas un puesto de venta ambulante en cualquier municipio extremeño, o estás implicado en el funcionamiento de las Cámaras de Comercio, este decreto-ley te toca de cerca. La Junta de Extremadura ha aprobado una reforma urgente para poner orden en dos frentes que, hasta ahora, generaban más inseguridad jurídica que otra cosa: la duración de las licencias de mercadillos y las reglas de juego de las Cámaras.
Datos clave
- Duración autorizaciones
- 15 años
- Prórroga
- 1 plazo idéntico de 15 años
- Transmisión
- Familiares hasta tercer grado
- Adaptación ordenanzas
- 1 año
La principal novedad para quienes vivís de la venta no sedentaria es la ampliación del horizonte temporal de vuestras autorizaciones. A partir de ahora, la duración de estas licencias se fija en 15 años, con la posibilidad de solicitar una prórroga por otro plazo idéntico. Se trata de un cambio necesario para amortizar las inversiones en equipamiento y dar estabilidad a los pequeños negocios, evitando esa sensación de precariedad que afectaba a tantas familias desde octubre de 2025.
El decreto también facilita el relevo generacional en el sector. Ahora las autorizaciones se pueden transmitir libremente a familiares de hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad. Con esto, la Junta busca evitar la pérdida de tejido comercial y empleo autónomo en los pueblos, donde los mercadillos son a menudo la única alternativa real de abastecimiento.
Para las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Servicios de Extremadura, la norma ajusta la normativa autonómica a la estatal. Se eliminan las limitaciones de mandatos para la presidencia y se blinda el sistema electoral: el voto debe ser directo, personal e intransferible, eliminando cualquier posibilidad de delegación. Todo esto entra en vigor el 5 de agosto de 2026, al día siguiente de su publicación en el diario oficial.
Los cambios son obligatorios. Las entidades locales tienen ahora un año de plazo para adaptar sus ordenanzas municipales a esta nueva realidad legislativa. Las licencias vigentes se benefician de esta nueva duración de 15 años de forma automática, sin que tengáis que mover un papel para que se os reconozca. Se acaba la incertidumbre.
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