Presidencia de la Junta·Boletín Bien de Extremadura,

Extremadura agiliza la vivienda con nuevos proyectos estratégicos

Un nuevo decreto-ley busca desbloquear la vivienda protegida mediante declaración responsable y primas de edificabilidad de hasta el 30 por ciento para acelerar trámites municipales.

Extremadura estrena en agosto un decreto-ley que pretende agilizar la burocracia urbanística con el objetivo de poner más vivienda asequible en el mercado. El texto introduce cambios significativos que afectan tanto a los plazos municipales como a las figuras de control, ante la escasez de oferta actual.

Datos clave

Plazo ayuntamientos
6 meses para decidir su aplicación
Prima edificabilidad
Hasta 20% (30% en suelo público)
Multas ECU
Entre 3.000 € y 500.000 €
En vigor
5 de agosto de 2026

Una de las piezas clave es la creación de los llamados Proyectos Estratégicos para Vivienda Asequible. Esta figura permite fusionar en una única tramitación la ordenación, gestión y ejecución de suelo para vivienda protegida, reduciendo tiempos de espera en municipios donde se declare oficialmente la urgencia residencial.

El decreto también ataca la lentitud en la ocupación de los inmuebles sustituyendo la licencia de primera ocupación por una declaración responsable. El promotor podrá usar la edificación desde que presenta la documentación, mientras la administración mantiene su capacidad de realizar inspecciones posteriores.

Para aliviar la carga de trabajo en los consistorios, el texto regula la entrada en juego de las entidades de certificación urbanística (ECU). Estas entidades privadas, que deberán estar acreditadas por ENAC e inscritas en un registro autonómico, emitirán informes para facilitar la concesión de licencias. Los ayuntamientos tendrán que adaptar sus ordenanzas si desean integrar a estos colaboradores.

Las medidas de fomento incluyen una prima de edificabilidad de hasta el 20 por ciento en parcelas residenciales, llegando al 30 por ciento si el suelo es de titularidad pública, siempre que el incremento se destine a vivienda protegida. Además, las terrazas cubiertas dejan de computar edificabilidad hasta un límite del 30 por ciento de la superficie total, incentivando la calidad residencial sin consumir edificabilidad extra.

Los consistorios tienen un plazo de seis meses para decidir si aplican este régimen en su término. Para asegurar el cumplimiento, el decreto impone un régimen sancionador a las ECU que cometan irregularidades, con multas que oscilan desde los 3.000 euros para infracciones leves hasta los 500.000 euros en casos muy graves.

La norma entró en vigor el 5 de agosto de 2026. Los expedientes en trámite deberán adaptarse a este nuevo escenario, que busca evitar la parálisis de proyectos residenciales por falta de suelo.

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