Tu permiso retribuido para votar el 29 de noviembre en Extremadura
Si trabajas el domingo 29 de noviembre durante las elecciones generales, tienes derecho a horas retribuidas para acudir a las urnas. Consulta cómo calcular tu permiso según tu turno o si te ha tocado mesa electoral.
Si trabajas este domingo 29 de noviembre, día en que se celebran las elecciones generales al Congreso y al Senado, y no es tu día de descanso semanal, tienes derecho a un permiso retribuido para ejercer tu derecho al voto. La Dirección General de Trabajo ha publicado en el Diario Oficial de Extremadura la resolución con los detalles para que ningún trabajador se quede sin votar por incompatibilidad horaria.
Datos clave
- Fecha electoral
- 29 de noviembre
- Permiso votación
- 2 a 4 horas libres según solape horario
- Mesa electoral
- Permiso jornada completa y 5 horas lunes
- Justificación
- Certificación de voto o acreditación
El permiso depende estrictamente de cuánto coincida tu jornada con el horario de apertura de los colegios electorales, que es de 9:00 a 20:00. Si tu horario no se solapa con estas once horas, o lo hace por menos de dos, no te corresponde permiso retribuido. Si la coincidencia es de dos a cuatro horas, tienes dos horas libres pagadas. Si el solape es de cuatro a seis horas, el permiso sube a tres horas. Si tu jornada coincide en seis o más horas, dispones de cuatro horas retribuidas.
Para quienes deban votar por correo porque el 29 de noviembre tengan que trabajar lejos de su domicilio habitual, la resolución prevé el mismo criterio horario. Se sustituye el permiso de votación presencial por uno equivalente destinado a gestionar la solicitud de la certificación de inscripción en el censo y el envío del voto por correo, siempre en función de los horarios de las oficinas de Correos.
Los trabajadores con jornada reducida o a tiempo parcial tendrán una reducción proporcional del permiso retribuido, ajustándose a su jornada habitual. La empresa será la encargada de organizar la distribución de estas horas libres basándose en la operativa del centro de trabajo.
La situación cambia radicalmente si te ha tocado mesa electoral. Los presidentes, vocales e interventores que trabajen el domingo tienen derecho a un permiso retribuido durante toda la jornada laboral y, además, a una reducción de cinco horas en su jornada del lunes 30 de noviembre. Si ese lunes es tu día de descanso, esas cinco horas de menos se aplican al siguiente día laborable. Para los apoderados, el permiso se limita al propio domingo.
Si realizas turno de noche la víspera de las elecciones, tienes derecho a solicitar un cambio de turno para descansar adecuadamente antes de la jornada electoral. La empresa debe atender esta petición. En ningún caso estos permisos suponen un recorte en tu nómina. Para justificar estas horas, bastará con presentar la certificación de voto o la acreditación de la Mesa Electoral correspondiente.
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