Industria, Energía, Ciencia y Territorio·Boletín Bien de Extremadura,

La finca El Río de Peraleda del Zaucejo cambia almendros por olivar

La promotora del proyecto en Peraleda del Zaucejo reduce la superficie de cultivo leñoso y cambia el almendro por el olivar superintensivo. La Junta exige medidas de protección específicas para las aves esteparias.

La finca El Río, situada en el término municipal de Peraleda del Zaucejo, cambia de planes agronómicos tras recibir el visto bueno de la Junta de Extremadura. La promotora La Lancha de Feria ha conseguido actualizar su declaración de impacto ambiental original, dejando atrás el almendro para apostar por el olivar superintensivo.

Datos clave

Superficie olivar
99,4733 hectáreas
Promotora
La Lancha de Feria, SL
Ubicación
Peraleda del Zaucejo, Badajoz
Resolución
Favorable con condiciones ambientales

El cambio no es solo de especie, sino también de dimensiones. La superficie dedicada al cultivo leñoso se reduce desde las 124,15 hectáreas iniciales hasta las 99,47 hectáreas actuales. El resto de la superficie mantendrá cultivos herbáceos, una decisión clave para la convivencia con las aves esteparias de la zona.

El proyecto se asienta sobre la periferia de la ZEPA Campiña Sur-Embalse de Arroyo Conejos, un enclave importante para especies como el sisón, declarado en peligro de extinción en el CREAX. Por ello, la resolución ambiental impone condiciones estrictas para el manejo de estos terrenos.

Las áreas de cultivos herbáceos sin cosecha deberán actuar como reserva de alimentación y reproducción para las aves, una medida que deberá mantenerse durante toda la vida útil de la plantación. Además, cualquier residuo no biodegradable generado por la maquinaria deberá retirarse al finalizar los trabajos.

La normativa incluye obligaciones adicionales para proteger el entorno acuático y la vegetación de ribera. El uso de productos fitosanitarios deberá minimizarse para evitar la contaminación difusa de las masas de agua, y el uso de protectores para los plantones, si los hubiera, tendrá que ser de material biodegradable.

Los arroyos y regatos cercanos actúan como corredores ecológicos esenciales. La resolución establece que se deberá respetar toda la vegetación leñosa en sus márgenes, guardando siempre una distancia mínima de cinco metros respecto a la zona de dominio público.

El cumplimiento de estas medidas será supervisado por el Servicio de Conservación de la Naturaleza. Si las aves cambian sus hábitos de uso, la gestión de estas reservas podría adaptarse en el futuro para garantizar su beneficio directo.

Esta resolución, firmada el 14 de octubre de 2026 por el director general Juan Eloy Rodríguez, concluye que no es necesario un nuevo procedimiento de evaluación ambiental ordinaria. La modificación no conlleva efectos adversos significativos, siempre que se sigan estas pautas ambientales.

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