Servicio Extremeño Público de Empleo·Boletín Bien de Extremadura,

Ayudas al autoempleo en Extremadura: hasta 9.000 € por proyecto

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El SEXPE activa una partida de 47,5 millones para autónomos extremeños con ayudas directas que alcanzan los 9.000 euros. Te explicamos los plazos y qué programas tienen fondos disponibles.

Si acabas de lanzarte a la aventura del autoempleo en Extremadura, o estás pensando en hacerlo, el Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE) ha puesto en marcha una nueva convocatoria que te interesa. Se trata de un paquete de ayudas articulado en seis programas distintos, diseñados para cubrir desde el establecimiento inicial de nuevos autónomos hasta el apoyo a familiares colaboradores, pasando por la llamada tarifa cero.

Datos clave

Importe base
Hasta 9.000 € en Programas I y II
Plazo solicitud
5 meses desde el alta en RETA
Presupuesto
47.500.000 €
Cómo solicitar
Sede Electrónica de la Junta de Extremadura

La convocatoria, con un presupuesto total de 47.500.000 euros para los años 2026 y 2027, busca dar estabilidad y fomentar la consolidación de los negocios extremeños. Para los nuevos autónomos desempleados, la ayuda base puede llegar a los 9.000,00 euros, dependiendo de factores como la discapacidad o la pertenencia a colectivos prioritarios, mientras que las cuantías para los programas de tarifa cero se sitúan en 1.920,00 euros.

El sistema es de concesión directa, lo que significa que no se compite por los fondos mediante baremación, sino que se accede a ellos cumpliendo requisitos. Si te encuentras en un municipio de menos de 5.000 habitantes, puedes optar a incrementos adicionales de 1.000,00 euros en los programas principales, y si has adquirido un negocio mediante relevo generacional, el incentivo sube otros 4.000,00 euros.

Para pedir estas ayudas, es imprescindible presentar la solicitud a través de la sede electrónica de la Junta de Extremadura, utilizando el modelo específico de cada programa. No olvides que deberás estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en la mutualidad alternativa correspondiente y mantener esa situación ininterrumpidamente durante el periodo que exija tu programa concreto.

Los solicitantes deben estar al corriente de sus obligaciones con Hacienda y la Seguridad Social. Si tu actividad requiere un Plan de Empresa, recuerda que este debe estar visado por los agentes autorizados y tener una vigencia de un año desde su validación. Solo en supuestos como el relevo generacional o la incorporación a una comunidad de bienes ya creada, podrás prescindir de este plan.

El plazo para solicitar la subvención es de cinco meses naturales desde tu alta en la Seguridad Social. Si tu actividad arrancó en el periodo comprendido entre la finalización de la anterior convocatoria y la entrada en vigor de esta, tienes un plazo de dos meses contados desde hoy para presentar tu solicitud, sin necesidad de presentar Plan de Empresa en este caso excepcional.

Cualquier error o falsedad en la documentación presentada puede derivar en la inadmisión del expediente o en la revocación de la ayuda si esta ya hubiera sido concedida. Asegúrate de revisar que tu cuenta bancaria esté activa en el sistema de terceros de la Junta antes de formalizar la petición.

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