Empleo, Comercio y Emigración·Boletín Bien de Galicia,

Notificación de sanción social a Santiago Oliveira Santiago en Ourense

El Departamento Territorial de Lugo notifica a Santiago Oliveira Santiago la resolución de un expediente sancionador ante la imposibilidad de entrega por correo.

La Administración autonómica ha intentado localizar sin éxito a Santiago Oliveira Santiago, titular de una empresa con domicilio en el lugar de Feás-O Curro, en Boborás, para comunicarle la resolución de un expediente sancionador en el orden social. Tras el intento fallido de entrega por parte del servicio de Correos y la imposibilidad de formalizar una notificación electrónica, el Departamento Territorial de Lugo ha hecho pública la notificación a través del diario oficial.

Datos clave

Qué hacer
Acudir al Servicio de Empleo en Lugo
Plazo recurso
1 mes desde la publicación
Expediente
2026/34
Resolución
8 de julio de 2026

El expediente 2026/34, que se originó a partir del acta I272026000000990, concluyó con una resolución dictada el pasado 8 de julio de 2026. Al no haber recibido el documento por las vías habituales, el interesado tiene ahora la oportunidad de conocer el contenido íntegro de la sanción y obtener el impreso necesario para realizar el pago.

Para ello, puede acudir presencialmente a la sede del Servicio de Empleo, Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo y Economía Social en Lugo, situada en la ronda de la Muralla, 70, planta baja. El horario de atención al público es de lunes a viernes, de 09.00 a 14.00 horas.

Contra esta resolución cabe interponer un recurso de alzada ante la Secretaría General de Empleo y Relaciones Laborales. El plazo para presentar este escrito es de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio. Es fundamental tener presente que el recurso no agota la vía administrativa.

Si no se presenta el recurso en tiempo y forma, la sanción ganará firmeza. Llegado ese punto, será obligatorio proceder al abono de la multa a través de las entidades bancarias colaboradoras indicadas en el documento de pago correspondiente.

La falta de pago en el plazo establecido activará la vía de apremio. Los términos de esta ejecución forzosa se rigen por la normativa de la Consellería de Economía y Hacienda.

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