Política Social e Igualdad·Boletín Bien de Galicia,

Más de 5 millones en ayudas para los Centros de Información a la Mujer

La Xunta ha resuelto la concesión de fondos para los centros de atención a la mujer. Más de 5 millones de euros se reparten ya entre entidades locales para cubrir los costes de personal hasta la próxima primavera.

Los centros de información a la mujer (CIM) de Galicia ya conocen el reparto de las ayudas autonómicas para financiar a su personal durante el próximo año. La resolución publicada esta semana en el Diario Oficial de Galicia pone el broche final a un procedimiento que ha distribuido 5.021.548,36 euros entre ayuntamientos y mancomunidades de toda la comunidad autónoma.

Datos clave

Plazo
10 días para aceptar la ayuda
Cuantía
5.021.548,36 €
Beneficiario
Ayuntamientos y mancomunidades de Galicia
Recurso
1 mes / 2 meses

Esta inyección de fondos, tramitada por la Dirección General de Promoción de la Igualdad, está diseñada para cubrir los costes directos del personal técnico: desde la dirección y asesoría jurídica hasta el trabajo psicológico y de igualdad. El respaldo alcanza a decenas de municipios, tanto de forma individual como mediante sistemas de gestión compartida.

La distribución se articula en dos anualidades. Para este ejercicio de 2026, el compromiso de gasto asciende a 3.275.508 euros, mientras que los 1.746.040,36 euros restantes se imputan al presupuesto de 2027. Los importes concedidos varían según el proyecto y la carga de trabajo de cada centro: la mancomunidad de Ordes, por ejemplo, ha recibido un total de 120.000 euros para sus programas, la misma cifra que la mancomunidad Terra de Celanova.

Las entidades locales tienen ahora la obligación de aceptar formalmente la ayuda en el plazo de diez días. Una vez notificada la resolución, recibirán un primer pago anticipado del 80 por ciento del importe concedido. El 20 por ciento restante llegará tras justificar el cumplimiento de la finalidad antes del 12 de abril de 2027.

Los costes de personal que el dinero público va a financiar son los generados entre el 1 de abril de 2026 y el 31 de marzo de 2027. Cualquier incumplimiento en este periodo o en los requisitos fijados en las bases reguladoras puede conllevar la pérdida del derecho al cobro o el reintegro de la ayuda.

Si tu ayuntamiento o mancomunidad ha sido beneficiario, recuerda que los gastos deben justificarse de forma independiente según la anualidad en que se produzcan. Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de un mes o, directamente, acudir a la vía contencioso-administrativa en los dos meses siguientes a la fecha de publicación.

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