Carrera profesional en el Sergas: convocatoria de grados para 2026
Ver las 37 oposiciones abiertas en Galicia →El Sergas convoca el procedimiento ordinario de carrera profesional para 2026. Los profesionales tienen hasta el 30 de septiembre para solicitar su nuevo grado.
El Servicio Gallego de Salud (Sergas) acaba de activar el procedimiento ordinario de carrera profesional para el año 2026. Es el momento para que el personal estatutario pueda solicitar el acceso a los grados I, II, III o IV, con el objetivo de consolidar ese reconocimiento y sus efectos económicos, que empezarán a contarse desde el 1 de enero de 2027.
Datos clave
- Plazo solicitud
- Hasta el 30 de septiembre de 2026
- Cómo solicitar
- Oficina Virtual del Profesional (Fides)
- Efectos económicos
- Desde el 1 de enero de 2027
- Grados
- Acceso a grados I a IV
El sistema está abierto.
La solicitud debe formalizarse a través de la Oficina Virtual del Profesional (Fides) antes del 30 de septiembre de 2026. Para ello, es indispensable contar con un certificado digital válido, ya sea de la FNMT, Camerfirma o el DNIe, o bien utilizar el sistema Chave365. Quienes ya dispongan de tarjeta sanitaria con chip electrónico tienen un certificado integrado, por lo que no deben solicitar uno nuevo.
No es necesario acreditar documentalmente la información que ya figura en poder del Sergas, aunque sí será obligatorio registrar y validar aquellos méritos que no aparezcan en el expediente electrónico. Los baremos aplicables, desglosados en el documento oficial, varían según la categoría y si el profesional tiene objetivos definidos. En cualquier caso, los méritos que se deseen computar deben haber sido alcanzados hasta el último día del plazo de presentación.
Una novedad importante para el baremo es el impulso a las competencias personales. Los cuestionarios de evaluación 180, obligatorios y anónimos, estarán disponibles durante el mes de octubre. Además, se premia con un punto extra en el área IV la realización de cursos específicos sobre sostenibilidad, economía circular o conocimiento de la propia organización.
Las resoluciones se dictarán en un plazo máximo de cuatro meses desde el cierre de la convocatoria. Si transcurrido ese tiempo no hay respuesta, la solicitud deberá entenderse desestimada. Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de un mes o contencioso-administrativo en dos meses, contados ambos desde el día siguiente a esta publicación.
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