Cúllar Vega estrena nuevas tarifas para las horas extraordinarias
El Ayuntamiento de Cúllar Vega detalla cómo se abonan los servicios extraordinarios y qué trámites deben seguir los trabajadores para cobrar cada hora. Las nuevas tarifas ya están en vigor.
Los empleados públicos de Cúllar Vega ya tienen negro sobre blanco cómo se van a pagar sus horas extra. El Ayuntamiento ha renovado las condiciones para estos servicios extraordinarios, fijando tarifas precisas y un procedimiento estricto que comienza, obligatoriamente, por una propuesta formal aprobada antes de que el trabajador empiece a sumar minutos.
Datos clave
- Procedimiento
- Autorización presupuestaria previa obligatoria
- Tarifas A1
- 36,44 € a 109,31 € por hora
- Tarifas operarios
- 25 € a 37,50 € por hora
- Tope anual
- 80 horas para personal laboral
El sistema es riguroso: si no hay crédito presupuestario autorizado antes de arrancar, el gasto se considera nulo de pleno derecho. Una vez realizada la labor, el trabajador debe presentar un parte y registrar sus horas en el control horario oficial, justificando cualquier diferencia frente a la estimación inicial del concejal responsable.
La norma establece tarifas diferenciadas según el grupo profesional y el tipo de hora, desde la normal hasta la festiva nocturna. Por ejemplo, un empleado del grupo A1 cobrará 36,44 euros por hora normal, cifra que asciende a 109,31 euros en el caso de ser festiva nocturna. Un operario del grupo E, por su parte, percibirá 14,95 euros en horario normal y 44,85 euros en la franja más valorada.
Hay un bloque específico para eventos municipales que afecta al personal de Obras y Servicios. Aquí los pagos se simplifican: el personal operativo tiene asignados 25 euros por hora normal, 31,25 por nocturna, 34,38 por festiva y 37,50 euros por hora festiva nocturna.
Si el concejal no está de acuerdo con los números presentados, se abonará únicamente lo autorizado previamente. El trabajador tiene la opción de elegir compensación en tiempo de descanso en lugar de cobro, con un ratio de una hora extra normal por una hora de libranza, o una hora especial por dos horas de descanso.
Todo este control busca ajustar las cuentas municipales.
Las libranzas por compensación deben disfrutarse en un plazo máximo de seis meses. La normativa también pone límites al personal laboral, restringiendo el máximo a 80 horas anuales salvo en situaciones de emergencia. En caso de siniestro, las horas trabajadas para reparar daños extraordinarios no computan para este tope anual.
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