Economía, Hacienda y Empleo·Boletín Bien de la Comunidad de Madrid,

Monte Orusco busca prórroga: a examen el plan minero en Orusco

Eiffage Infraestructuras pretende mantener su explotación de caliza en Orusco de Tajuña. Comienza el plazo de 30 días hábiles para revisar el impacto ambiental.

Los vecinos de Orusco de Tajuña tienen un mes por delante para examinar qué pretende hacer Eiffage Infraestructuras con la cantera denominada Monte Orusco. La Dirección General de Economía e Industria ha abierto el periodo de información pública para la prórroga de esta explotación de caliza, un trámite obligatorio que pone sobre la mesa el proyecto de restauración del espacio natural y el estudio de impacto ambiental asociado.

Datos clave

Plazo
30 días hábiles
Qué hacer
Consultar y formular alegaciones
Titular
Eiffage Infraestructuras
Ubicación
Orusco de Tajuña

El expediente es voluminoso y llega tras varios meses de idas y vueltas entre la empresa y la administración regional. El proyecto original se presentó en verano de 2024, pero ha requerido ajustes posteriores, incluyendo un informe de la Dirección General de Transición Energética que confirmó la necesidad de someter la solicitud a una evaluación ambiental ordinaria por su envergadura.

La documentación, que incluye la cartografía y los anexos actualizados por la compañía, ya está disponible para cualquier interesado. Se puede consultar en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid o, si prefieres el papel, solicitando cita previa en el Área de Minas situada en la calle Ramírez de Prado, en Madrid capital.

Todo es público.

El periodo de alegaciones está abierto durante los próximos 30 días hábiles. Si tienes algo que decir sobre la gestión de residuos o la restauración de este entorno, es el momento de presentar tus observaciones a través de los registros oficiales. Recuerda que, si eres empresa o profesional, la vía telemática es tu única opción para formalizar el trámite.

La propuesta de resolución técnica ya cuenta con fecha del pasado 25 de mayo. Este paso no admite recurso por ser un acto administrativo de trámite. El proceso sigue su curso.

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