Familia, Juventud y Asuntos Sociales·Boletín Bien de la Comunidad de Madrid,

Torrelaguna estrena ordenanza para sus encierros y suelta de reses

El Ayuntamiento de Torrelaguna regula definitivamente los encierros por el campo y el casco urbano con nuevas exigencias de seguridad y una cláusula clara sobre riesgos.

Los encierros y festejos taurinos de Torrelaguna ya tienen su marco normativo definitivo. El Ayuntamiento ha publicado en el boletín oficial la nueva ordenanza que regula todo lo relacionado con la suelta de reses en sus calles y recintos, dejando claro que quien decide participar lo hace bajo su propia cuenta y riesgo.

Datos clave

Duración máxima
3 horas
Distancia seguridad
200 metros
Vehículos apoyo
Mínimo 8
Recurso
2 meses ante el TSJ de Madrid

La norma, aprobada definitivamente en el pleno del pasado 29 de julio, establece reglas claras para el desarrollo de los festejos. Los encierros por el campo tendrán una duración máxima de tres horas, comenzando con el cohete de salida. En las calles, se mantiene ese límite de tiempo, aunque se permite que el recorrido cuente con zonas de seguridad para el público si la afluencia lo aconseja.

La seguridad se ha convertido en el eje de los cambios introducidos durante el proceso de información pública. Se exige ahora un mínimo de ocho vehículos autorizados para seguir la manada y, durante el traslado, los organizadores deben mantener una distancia de seguridad mínima de 200 metros entre los animales y el resto de participantes.

No todo vale en la manga. El vallado debe contar con un certificado técnico de solidez, y las puertas y ventanas del casco viejo que den al recorrido deben permanecer cerradas si están a menos de tres metros de altura. Además, queda terminantemente prohibido participar a caballo o con cualquier tipo de vehículo, salvo los expresamente autorizados por la organización.

La norma es tajante sobre las responsabilidades. Los participantes en los encierros asumen de manera voluntaria los riesgos inherentes a la actividad y tienen el deber jurídico de soportar cualquier daño que puedan sufrir durante el festejo. La embriaguez o la intoxicación por sustancias estupefacientes son causas directas de exclusión para cualquier corredor.

Los equipos médicos deberán estar situados en los puntos más estratégicos. Esta medida busca garantizar una respuesta rápida en caso de necesidad. El director de lidia tiene la última palabra sobre el desarrollo del festejo, pudiendo ordenar la retirada de las reses en cualquier momento si las condiciones lo requieren.

Si el encierro no ha concluido en el tiempo máximo estipulado, el presidente del festejo dispone de treinta minutos adicionales para adoptar las medidas necesarias que garanticen su finalización inmediata. Los caballistas designados por la presidencia serán los encargados de vigilar y controlar la manada en todo el itinerario.

La ordenanza entrará en vigor una vez transcurrido el plazo establecido legalmente tras su publicación oficial. Los interesados tienen dos meses para interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid si consideran que la norma no se ajusta a derecho.

Tu correo diario, gratis
Cada mañana, lo que se publica en la Comunidad de Madrid y te afecta. Lo lees en dos minutos.

Doble confirmación. Cancela cuando quieras.

El Boletín Bien de la Comunidad de Madrid, en Telegram
Los titulares del día, cada mañana en tu móvil.
Unirme al canal

Boletín Bien de la Comunidad de Madrid

Lecturas ilimitadas

Los primeros 7 días son gratis. Con la suscripción los lees todos: subvenciones, oposiciones y contratos de la Comunidad de Madrid.

  • Todas las secciones
  • Cada edición entera
  • Todo el archivo

Hoy no pagas nada. Gratis hasta el 31 de agosto. Cancela antes y no se te cobrará nada.

Sin registro previo: pagas y vuelves a donde estabas.

Pago seguro con StripeVISAPayGPay

Sin permanencia: cancelas tú mismo desde tu cuenta, sin llamadas ni correos.