Madrid reorganiza las competencias en sus expedientes sancionadores
La Comunidad de Madrid unifica en un solo decreto los órganos responsables de tramitar y resolver infracciones laborales, de Seguridad Social y de riesgos laborales.
Si te llega una notificación por una infracción laboral o de Seguridad Social, ya no tendrás que adivinar quién es el responsable de tu expediente en la Comunidad de Madrid. El Gobierno regional ha reorganizado el mapa de competencias sancionadoras para centralizar y aclarar qué dirección general o consejería es la encargada de tramitar, instruir y resolver cada sanción.
Datos clave
- Entrada en vigor
- 1 de agosto de 2026
- Qué cambia
- Unificación de órganos competentes
- Publicidad
- Sanciones muy graves en riesgos laborales
El nuevo Decreto 63/2026, que entra en vigor el 1 de agosto de 2026, unifica bajo una única norma reglas que antes estaban dispersas. El objetivo es ganar en claridad y seguridad jurídica, asegurando que las sanciones sean impuestas por los órganos más especializados según la materia concreta de la falta: desde relaciones laborales hasta riesgos laborales o prestaciones de Seguridad Social.
En la práctica, el texto distingue claramente quién tiene el mando. Para infracciones en relaciones laborales, prevención de riesgos o empleo, la competencia se reparte entre la dirección general (para infracciones leves, graves y algunas muy graves en grados inferiores) y la consejería competente (que se reserva las sanciones más severas en grado máximo).
También hay cambios importantes en la publicidad de las multas. Si una empresa comete una infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, la dirección general competente se encargará de registrar los datos y de publicar la sanción en el boletín oficial una vez que esta sea firme, derogando normas que habían quedado desfasadas.
¿Qué pasa con los expedientes que ya están en marcha? El decreto incluye una disposición transitoria que da tranquilidad a los implicados: todos los procedimientos iniciados antes de la entrada en vigor seguirán siendo tramitados por los mismos órganos que ya los tenían asignados. No habrá cambios a mitad de camino.
El decreto deroga formalmente la anterior Orden 7467/2011 y el Decreto 3/2007, limpiando el marco normativo para que los ciudadanos y empresas sepan exactamente ante quién defenderse.
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